Renta 2024: las casillas a marcar para que una declaración a pagar se convierta en una a devolver

Renta 2024: las casillas a marcar para que una declaración a pagar se convierta en una a devolver

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Renta 2024: estas son las casillas a marcar para que una declaración te salga a devolver

Estos son algunos de los consejos que podrías ser a la hora de hacer la Renta 2023-2024. Deberás saber que, marcando unas casillas, puede que te salga a devolver.

21 marzo, 2024 12:08
Cintia de la Paz Noelia Gómez

Comienza la campaña de la declaración de la Renta 2024. Sin embargo, este trámite de presentar la declaración de impuestos puede llegar a ser muy tedioso para muchos, e incluso estresante.

Sin embargo, existen algunos trucos y consejos que pueden serte de gran utilidad y es que, marcando unas casillas, la declaración te pasará de pagar a devolver. De esta forma, podrás reducir la cantidad a pagar y mejorar tu situación financiera.

Uno de los principales consejos a tener en cuenta es que es muy importante revisar de manera cuidadosa las casillas relacionadas con los gastos deducibles en el borrador que proporciona la Agencia Tributaria. Los gastos deducibles son aquellos que la ley permite restar de los ingresos brutos declarados, lo que puede hacer que pueda haber una notable diferencia en el resultado final de la declaración de la Renta.

Entre los gastos deducibles más comunes podemos encontrar aquellas que tienen relación con las donaciones a ONG, intereses de hipotecas, gastos médicos, etcétera. Para ello, hay que prestar atención a todas esas casillas correspondientes a los gastos deducibles, como es el caso de las siguientes casillas: 609, 611, 612, 613, 698, 699, 715 a 721, 075, 082, 513, 516, 623 y 646, 1183 y 1184, y 723.

Casillas de los gastos deducibles

Es importante cerciorarse de que han sido incluidos todos los gastos deducibles en estas casillas, ya que puede hacer que la declaración te pase de pagar a devolver. En la casilla 609 nos encontramos las deducciones por familia numerosa, pudiendo obtener una deducción anual de hasta 2.400 euros anuales.

Las casillas 611, 612 y 613, por su parte, son aquellas utilizadas para la deducción por maternidad y paternidad. Las madres con hijos menores de tres años pueden disfrutar de una deducción de 100 euros al mes.

En las casillas 698 y 699 y desde la 715 a la 721, se declaran las deducciones por alquiler de vivienda. Hay que tener en cuenta que se pueden deducir hasta el 60% de los ingresos obtenidos, mientras que los inquilinos pueden obtener deducciones dependiendo de la comunidad autónoma en la que residan. Si tienes una hipoteca con anterioridad al año 2013, las cuotas de tus préstamos son deducibles, al igual que los seguros de vida y hogar asociados a estos, hasta un límite del 15% del total abonado o 9.040 euros.

Entre las casillas 075 a 082, así como de la 513 a la 516 y de la 623 a la 646 nos encontramos con las deducciones por tener personas a cargo. Aquellas personas que tienen a su cargo una persona mayor de 65 años o una persona con una discapacidad igual o superior al 33%, pueden obtener una deducción anual de 1.150 euros. Si la persona a cargo tiene 75 años o más, la deducción crece hasta los 2.550 euros anuales. Si convives con hijos menores de 25 años con ingresos inferiores a los 8.000 euros o mayores de esa edad, pero con una discapacidad superior al 33%, podrás deducir 1.200 euros.

Otra opción para poder pagar menos dinero es la casilla 14, donde podrás deducir entre un 20% y un 30% de la cuota de un sindicato si estás pagando la misma. En las casillas 1183 y 1184 se puede deducir la que se haya invertido en una nueva empresa, hasta un máximo del 30%.

Por otro lado, en la casilla 723 se pueden deducir las donaciones realizadas a ONG, con la que es posible desgravarse hasta el 80%, o un 40% en el caso de que se repita la donación del año anterior.

Calendario de la Declaración de la Renta 2024

  • Desde el 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024 se pueden presentar las primeras declaraciones del IRPF y de Patrimonio a través de Internet, un medio que ya utilizan nueve de cada diez contribuyentes.
  • Asimismo, desde el próximo 7 de mayo y hasta el 1 de julio la declaración del IRPF se podrá presentar también por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio).
  • Además, entre el 3 de junio y el 1 de julio. La Agencia Tributaria podrá confeccionarle su declaración de Renta 2023 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio).

No obstante, te recomendamos que pidas cita previa con antelación antes de realizar tus gestiones. Debido a que los sistemas y organismos competentes se colapsan ante la afluencia de tanta gente al mismo tiempo.

En cualquier caso, antes de lanzarte a presentar tu declaración a lo loco, es conveniente que estudies a fondo si estás, o no, obligado a su presentación. A continuación, te explicamos cuáles son las personas que están obligadas a presentar la declaración de la Renta 2024. 

Estas personas están obligadas a presentar el IRPF en 2024

La declaración del IRPF este año ha sufrido algunas variedades, de esta forma, Hacienda indica quién está obligado a presentar la declaración de la Renta 2023-2024, que son los siguientes casos:

  • Personas que hayan adquirido unas rentas superiores a los 22.000 euros anuales. Además, hay que considerar que en estos ingresos están incluidas las pensiones y pasivos, así como rendimientos del extranjero, pensiones compensatorias y anualidades por alimentos.
  • Trabajadores que cobren más de 15.000 euros anuales y hayan adquirido ingresos de dos o más pagadores. En tal caso, si la suma de las cantidades del segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros anuales, el contribuyente debe reflejarlo en su declaración.
  • Los dueños de un inmueble que lo tengan alquilado y cobren más de 1.600 euros anuales.
  • Contribuyentes cuyas rentas inmobiliarias no estén sujetas a retenciones de Letras del Tesoro, subvenciones, viviendas de protección oficial, ayudas públicas…
  • Las personas que tengan derecho a la aplicación del régimen transitorio por inversión en la vivienda, aportaciones a patrimonios que estén protegidos de personas con discapacidad, doble imposición internacional, planes de pensiones, mutualidades, etc.
  • Todas las personas que cobren el Ingreso Mínimo Vital, así como todos los miembros que convivan con la persona que haya percibido la Renta.