En España, la pensión de la jubilación supone recibir una renta mensual, que suele ser inferior a su salario en el momento de estar activo. Esto significa que, en esta etapa, si no se disfruta de algún complemento o renta por un plan de pensiones, mantener el mismo nivel de vida se torna complicado con la jubilación.

Por ello, una de las situaciones más esperadas para los perceptores de una pensión es el cobro de las pagas extraordinarias. Así, a veces surgen interrogantes sobre si la pensión de jubilación contempla o no pagas extras. En este artículo puedes resolver todas tus dudas sobre la paga extra de los jubilados.

¿Todos los jubilados perciben pagas extra?

No. La mayor partes de los jubilados tienen paga extra, de hecho, tienen dos, y se comienzan a cobrar desde el mismo momento en que empiezan a percibir la pensión. Además, su importe es el mismo que el de una mensualidad ordinaria.

La pensión de jubilación se cobra en mensualidades vencidas, y el importe total anual se fracciona en 14 pagas, una por cada mes del año, y dos pagas extraordinarias, una en junio y otra en noviembre. Son las denominadas pagas extras, pero cuando la pensión es derivada de accidente laboral o enfermedad profesional, las pagas extraordinarias se reparten entre las 12 pagas mensuales ordinarias.

Tan sólo quedan excluidos de esta paga extra aquellas pensiones que derivan de accidentes de trabajo y enfermedad profesional. 

¿Qué día se cobrará paga extra de Navidad?

Así pues, la próxima paga extra se cobrará el próximo mes de noviembre, en concreto, hacia el día 25 de dicho mes, pero esto puede variar según la entidad bancaria. En esta fecha, los pensionistas ya tendrán ingresado ese pago extraordinario, por lo que cobrarán el doble que un mes habitual.

Sin embargo, existe la posibilidad de que te adelanten la pensión, pero debes cumplir una serie de requisitos que dependerán del tipo de cuenta y de la entidad con la que tengas contratados sus servicios.

La mayoría de las cuentas bancarias creadas en exclusiva para la percepción de la pensión, llamadas cuenta nómina, pensión o sénior, brindan más facilidades para conceder un adelanto de la misma. Por ejemplo, en lugar de a fin de mes, la mayoría de entidades te ofrecen la posibilidad de disponer de ella a partir del día 25 todos los meses.

Sin embargo, y aunque esto sea una ventaja, debes considerar que estas cuentas no solo ofrecen ventajas por ser pensionista, sino que también exigen unos cumplimientos mínimos. En algunos casos, se requiere tener una cuantía mínima de pensión, que debe estar domiciliada, y dependerá de cada entidad. Además, es posible que exijan alguna que otra condición, como la contratación de uno de sus productos asociados, como por ejemplo una tarjeta de crédito o de débito.

En todo caso, siempre puedes negociar con tu entidad para disfrutar de las mayores ventajas de ser pensionista, pues cada sucursal tiene su propio margen de maniobra en función del titular y el tipo de cuenta.

Distintas modalidades de pago

Como establece la normativa de la Seguridad Social, todo pensionista puede elegir entre las siguientes modalidades de pago:

1. A través de entidades financieras, como bancos, cajas de ahorros, cajas rurales, cooperativas de crédito y agrupaciones o asociaciones de entidades financieras. La cuenta o libreta puede ser:

  • Libreta de ahorro restringida o cuenta corriente, con titularidad del perceptor y obligatoriamente individual, cuya única finalidad es el abono de la pensión y su disposición es exclusiva del titular.
  • Cuenta corriente o libreta de ahorro ordinaria, con titularidad del perceptor pero, en este caso, podrá ser individual o conjunta y puede incluir otros titulares.

2. A través de graduados sociales, los cuales deben designar la entidad financiera desde la cual desea recibir los fondos para satisfacer las pensiones. Sin embargo, debe obtener la conformidad de la entidad financiera previamente.

3. A través de los administradores de las residencias de ancianos de la Seguridad Social si sus titulares ocupan plaza en las mismas.

¿Cuánto es la paga extra de las pensiones?

La cuantía de los pagos, como hemos mencionado, es justo el doble de lo que suele percibirse en un mes ordinario, y es la Seguridad Social el organismo encargado de abonar el dinero. Cada pensionista tendrá una pensión diferente, dependiendo de su edad, el número de años que cotizó a la Seguridad Social y la legislación vigente.

Por regla general, los propios bancos suelen adelantar el dinero para no hacer esperar a sus clientes, y cada año es habitual que se genera una pequeña subida de las pensiones. Asimismo, para 2021 se han visto incrementadas las pagas mensuales de los pensionistas contributivos en un 0,9%. Por el mismo concepto, los pensionistas no contributivos están cobrando un 1,8% más este año de lo que ingresaron en 2020.

Si estás a punto de jubilarte y quieres conocer el importe de tus pagas extras, en primer lugar debes saber cómo calcular el importe de la pensión en sí. Esta cantidad dependerá directamente del número de años que hayas cotizado a la Seguridad Social, y también de las bases por las que hayas contribuido durante los últimos años.

Dicho esto, para cobrar el 100% de la pensión en 2021 es imprescindible que el trabajador se jubile a la edad reglamentaria de jubilación, es decir, los 66 años (si has cotizado menos de 37 años y 3 meses) o los 65 años (si has cotizado más de 37 años y 3 meses). En estos últimos casos cuentas con ciertas ayudas para poder retrasar la jubilación.

Para terminar, debes tener en cuenta que el año en que te jubiles, la Seguridad Social te descontará de las pagas extras los meses que todavía no estabas jubilado. Pero al año siguiente ya podrás cobrar las pagas extras íntegramente. 

También te puede interesar...