El Registro de Economistas Asesores Fiscales de España (REAF) ha publicado su tradicional informe sobre la fiscalidad autonómica y foral de 2019. En él ponen de manifiesto que hay una tendencia clara entre las autonomías a eliminar los beneficios fiscales que se habían establecido en la escrituración de préstamos hipotecarios, "suponemos que como consecuencia de que el sujeto pasivo en estas operaciones ha pasado a ser la entidad bancaria", una tendencia adelantada por Invertia en su publicación del 21 de febrero.

Hasta la fecha son ya seis las comunidades que han optado por eliminar ventajas o subir los gravámenes:

CATALUÑA

Elimina el tipo del 0,1% para la adquisición de viviendas de protección oficial, así como en los

préstamos hipotecarios para adquirirlas. Además, elimina el tipo del 0,5% para documentos que formalicen constitución y modificación de préstamos hipotecarios otorgados a favor de contribuyentes de 32 o menos años o discapacitados para la adquisición de la vivienda habitual.

ASTURIAS

Fija el 1,5% a las escrituras que documenten préstamos con garantía hipotecaria, siendo el general del 1,2%. También, elimina el tipo del 0,3% para la constitución de préstamos hipotecarios efectuados por beneficiarios de ayudas económicas para la adquisición de vivienda habitual de protección pública.

BALEARES

Deroga el tipo del 0,5% para las escrituras notariales que documenten la constitución de préstamos y créditos hipotecarios para financiar la adquisición de inmuebles que tengan que constituir el domicilio fiscal o un centro de trabajo de sociedades o empresas de nueva creación.

CANARIAS

Quita el tipo del 0,4% para la constitución de préstamos hipotecarios cuando documenten la

adquisición de un inmueble que vaya a constituir la vivienda habitual.

MURCIA

Desaparece el tipo reducido del 0,1% para la constitución y modificación de préstamos hipotecarios, afectos a una empresa individual o negocio profesional cuyo titular sea un trabajador por cuenta propia o autónomo.

VALENCIA

También se suma a las anteriores y elimina el tipo del 0,1% por los préstamos hipotecarios que documenten la adquisición de vivienda habitual por familias numerosas o discapacitados.

MODALIDAD DE AJD

El tipo más bajo para documentos notariales en territorio común es el 0,75%,

que se aplica en Canarias y en Madrid (en País Vasco y Navarra el 0,5%). El 1% ya solo lo aplica La Rioja. El 1,2% es el utilizado en Asturias y Baleares. En Andalucía, Aragón, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Galicia, Región de Murcia y Comunidad de Valencia es el 1,5%.

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