El Gobierno pone el foco en BME Growth como antídoto a la crisis de financiación empresarial provocada por el coronavirus. El Consejo de Ministros de este martes ha aprobado que el techo de capitalización para las empresas de este mercado se eleve hasta los 1.000 milloones de euros, el doble de lo que hasta ahora estaba vigente.

Con este movimiento, que modifica la conocida como 'Ley Ascensor', el Gobierno pretende facilitar el salto de las empresas españolas a los mercados de valores. En este sentido, y en contra de lo ocurrido en otras economías, la salida a bolsa ha sido una herramienta a la que las firmas nacionales han recurrido escasamente en los últimos tiempos frente a otras vías, como el capital riesgo, el crédito bancario y la emisión de títulos de deuda corporativa.

La vicepresidenta de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, ha destacado que esta medida está especialmente pensada para las pymes que, a pesar de contar con un plan de negocio definido, están sufriendo las estrecheces económicas causadas por la pandemia. "Si en un primer momento nos centramos en la liquidez, esta medida va dirigida a garantizar la solvencia empresarial", ha dicho la ministra.

Ventajas

El sentido de este cambio normativo nace de las exigencias atenuadas de transparencia e información periódica que BME Growth tiene con respecto al Mercado Continuo debido a que el primero es precisamente una plataforma pensada para pymes en expansión. Además, con su reciente homologación europea, sus cotizadas se benefician de otras ventajas administrativas y también las coloca más a tiro de la participación de inversores internacionales.

El actual tope de 500 millones de euros de capitalización estaba vigente desde 2014 -y confirmado dos años después-, cuando se impuso como reacción al 'caso Gowex'. El objetivo era evitar escándalos de magnitudes como el de la compañía fantasma de internet WiFi al impedir que las compañías de mayor capitalización pudieran seguir sujetas a un escrutinio financiero menos estricto que en el Mercado Continuo.

Ahora, mientras las cotizadas de BME Growth no rebasen los 1.000 millones de capitalización durante seis meses, podrán seguir en esta plataforma sin verse ya obligadas a saltar al Continuo en los nueve meses siguientes. También podrían celebrarse debuts por el doble del importe que hasta ahora se contemplaba.

Actualmente, son varias las empresas que recientemente han mostrado su intención de dar el salto al antiguo Mercado Alternativo Bursátil (MAB) siguiendo los pasos de la tecnológica valenciana Cuatroochenta. La más adelantada en este camino es Aspy Global Services, pendiente del cierre de una ampliación de capital que llevará a la compañía catalana especializada en la prevención de riesgos laborales.

Blindaje

Asimismo, el Gobierno ha aprobado ese martes una prórroga para el blindaje frente a eventuales ofertas públicas de adquisición (opas) hostiles procedentes de fuera de la Unión Europea. Las medidas excepcionales que se habían establecido en marzo de este año estarán vigentes hasta el próximo 30 de junio.

En este sentido, se extiende por seis meses más allá de lo previsto hasta ahora, el veto a la posibilidad un inversor foráneo "pase a ostentar una participación igual o superior al 10% del capital social de la sociedad española o, cuando como consecuencia de una operación societaria, acto o negocio jurídico, se tome el control del órgano de administración".

Asimismo, esta suerte de acción de oro también seguirá aplicándose cuando el inversor extranjero esté "controlado directa o indirectamente por el Gobierno, incluidos los organismos públicos o las fuerzas armadas, de un tercer país", así como cuando este haya invertido o participado "en actividades en los sectores que afecten a la seguridad, al orden público y a la salud pública en otro Estado miembro" o bien tenga abierto en su contra "un procedimiento administrativo o judicial [...] por ejercer actividades delictivas o ilegales".

La ministra Calviño ha confirmado que seguirán siendo de aplicación los criterios fijados en marzo. En virtud de estos, se entenderá que una sociedad está controlada desde el extranjero siempre y cuando un porcentaje superior al 25% de la compañía o firma inversora esté en manos de una sociedad radicada fuera de la Unión Europea. Y ya sea este porcentaje en términos de capital social o de derechos de voto.

Juntas telemáticas

Del mismo modo, se amplía hasta el 30 de junio la exigencia de que el Gobierno dé autorización expresa a la entrada de inversores extranjeros, ahora también incluso de la Unión Europea y la Asociación Europea de Libre Comercio, en empresas de sectores estratégicos si la operación supera los 500 millones de euros. Un requisito que estará vigente tanto para empresas cotizadas como no.

Asimismo, el Consejo de Ministros ha aprobado que las sociedades puedan celebrar sus juntas de accionistas o asambleas de socios de manera exclusivamente telemática también a lo largo del año que viene. De este modo se amplía el permiso del que ya gozaban para poder recurrir a esta herramienta "aunque estos extremos no estén previstos en los estatutos sociales", ha remarcado Calviño.

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