Este sábado es día de estreno. Los tradicionales hechos relevantes que las cotizadas envían a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) pasan a reclasificarse bajo dos nuevos epígrafes: información privilegiada y otra información relevante.

Para no perderse en el cambio, seguir al tanto de todas las novedades de las compañías de la bolsa española y saber dónde y cómo buscar cada información, es importante conocer cuáles son las novedades y qué se mantiene como hasta ahora. Aquí van como ayuda estas diez más una preguntas y respuestas.

1. ¿Cuándo entra en vigor el cambio?

La nueva clasificación de la información que los emisores remiten a la CNMV entra en vigor el sábado 8 de febrero. A partir de ese día, se abandonará el registro de hechos relevantes y comenzarán desde cero los nuevos registros de informaciones privilegiadas (IP) y otras informaciones relevantes (OIR).

Es habitual que durante el fin de semana no se produzca ninguna notificación de información al supervisor, por lo que lo más probable es que estos nuevos registros se estrenen el lunes.

2. ¿Por qué se produce este cambio?

La normativa europea que fija estas nuevas categorías de información relevante para empresas cotizadas fue aprobada en 2014, pero su aplicación no comenzó hasta junio de 2016. Finalmente, la Ley del Mercado de Valores se adaptó en España en noviembre de 2018. Desde entonces, la CNMV ha estado trabajando en las adaptaciones de método y tecnología necesarios, así como en sesiones formativas y de interlocución con los diferentes actores del mercado.

3. ¿Dónde se consultan las nuevas comunicaciones?

Los nuevos registros serán accesibles tanto a través de la web de la CNMV como de su aplicación para dispositivos móviles.

En el lugar preferente que hasta ahora venía ocupando en la web el enlace a los últimos hechos relevantes del día será sustituido por un espacio similar destinado a informaciones preferentes. Las otras informaciones relevantes serán accesibles tanto desde el menú principal de la izquierda como en el del lateral derecho.

Desde la aplicación, se actualizarán las pestañas de manera que aparecerá un buscador de informaciones privilegiadas y otro para el resto de informaciones relevantes.

4. ¿Se mantiene el acceso a los antiguos hechos relevantes?

El archivo histórico de hechos relevantes seguirá disponible como hasta ahora, tanto desde las pantallas principales de la web y aplicación de la CNMV como en el apartado reservado para cada emisor. En ambos casos, el vínculo a los respectivos registros aparecerá por detrás de las dos nuevas categorías de información corporativa.

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5. ¿Cómo saber en qué apartado buscar?

Los dos nuevos registros, así como el histórico de hechos relevantes son independientes entre sí, de manera que no se podrá realizar una búsqueda conjunta entre los tres cajones de clasificación. Para informaciones transmitidas al supervisor por las compañías antes del 8 de febrero de 2020 habrá que consultar los hechos relevantes, mientras que para las posteriores a esa fecha tocará comprobar en los registros de información privilegiada y de otras informaciones relevantes.

6. ¿Se seguirán enviando notificaciones?

Para seguir recibiendo en tiempo real notificaciones sobre la publicación de información privilegiada, los usuarios de la aplicación móvil de la CNMV deberán tener activada esta opción.

En el caso de Twitter, la antigua cuenta @CNMV_HR dejará de cumplir esta función. A partir del día 8 de febrero habrá que seguir y activar la campana de notificaciones en el perfil @CNMV_IP.

A los suscriptores de los antiguos hechos relevantes por correo electrónico se les actualizarán sus preferencias a las nuevas comunicaciones de información privilegiada, de manera que seguirán recibiendo las referidas a los temas y compañías de su interés. En cualquier caso, es aconsejable revisar la configuración de estos avisos por si con la reclasificación acometida interesase variar de preferencias.

7. ¿Qué se considera información privilegiada?

Las comunicaciones con consideración de información privilegiada son todas aquellas susceptibles de alterar el precio de cotización de sus acciones u otros valores admitidos a negociación en el mercado. Esta valoración de impacto previo correrá por cuenta de las propias compañías, pues la CNMV solo revisará la información a posteriori.

En este apartado se incluirían informaciones sobre ofertas públicas de adquisición (opas), recompras de títulos de renta fija y acciones, políticas de reparto de dividendo, ampliaciones y reducciones de capital, calificaciones crediticias, planes estratégicos, novedades sobre situaciones concursales, operaciones corporativas y resultados que aporten novedades sobre el negocio y la situación financiera de la compañía, entre otras.

Para simplificar las cosas, la CNMV ha decidido reducir desde 65 hasta 17 las categorías en las que se dividirán estas comunicaciones.

8. ¿Qué entra en la categoría de otra información relevante?

Tendrá la consideración de otra información relevante toda aquella comunicación que, refiriéndose al negocio, actividad o devenir de la negociación de los valores de una compañía no sea susceptible de impactar en su precio de cotización. Algunas de estas informaciones están reguladas para su publicación y difusión, mientras que otras no están sujetas a estas exigencias.

En la primera subcategoría, que la CNMV ha distribuido en 13 apartados, entran los informes financieros, de auditoría, de gobierno corporativo, de remuneraciones y las convocatorias de juntas o asambleas de accionistas y bonistas, entre otras. En el grupo de las comunicaciones no regladas están, por ejemplo, los pactos parasociales, las actualizaciones sobre programas de recompra y contratos de liquidez y confirmación de cierre de operaciones ya anunciadas con anterioridad.

9. ¿Puede un mismo anuncio ser información privilegiada y relevante?

Una misma comunicación no podrá nunca tener la consideración de información privilegiada y relevante a la vez. En cada caso, deberán rotularse con el título que convenga. Lo que sí puede ocurrir es que una información relevante contenga algún punto que pueda ser considerado información privilegiada, que debería ser comunicado como tal en un documento aparte.

Estos serían los casos de una convocatoria de junta de accionistas en cuyo orden del día se propone una ampliación o reducción de capital, un cambio en la política de dividendos o una reestructuración societaria.

10. ¿Habrá restricciones de horarios?

Como hasta ahora, seguirá sin haber restricción de horarios para la comunicación de informaciones corporativas al supervisor. De hecho, la CNMV recuerda que las informaciones privilegiadas deben comunicarse tan pronto como sea posible y su publicación solo puede retrasarse si se garantiza la confidencialidad en el proceso.

Las comunicaciones podrán hacerse tanto con el mercado oficial abierto como cerrado a negociación. Desde el supervisor recuerdan que, además, con los nuevos sistemas de negociación OTC y en derivados, hay mercados operativos las 24 horas del día.

+1. Pero… ¿alguien me puede echar una mano?

El servicio de atención al inversor de la CNMV está preparado para atender consultas al respecto de esta nueva clasificación y su funcionamiento. Cualquier cuestión al respecto podrá consultarse en el teléfono gratuito 900 535 015, así como en el resto de cauces habituales de comunicación con el supervisor.

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