El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, elevó este martes la decisión final de la opa de BBVA sobre Sabadell al Consejo de Ministros.
Lo hizo al considerar cinco criterios de interés general que apuntan a una decisión política final que 'fulminará' el dictamen que la CNMC aprobó por unanimidad.
Desde el Ministerio se insiste de antemano en que se trata de razones "distintas de la defensa de la competencia", si bien fuentes jurídicas especializadas en esa área del Derecho aseguran que entran dentro de su parcela o, cuando menos, se pueden reconducir sin poner en peligro la operación.
A falta de desarrollar la letra pequeña y el informe con los resultados de la consulta pública, de los cinco criterios que aduce Economía para 'politizar' la cuestión, sólo dos están incluidos como tales en la Ley de Defensa de la Competencia.
Como primera razón, se incluye el "potencial impacto en la garantía de un adecuado mantenimiento de los objetivos de regulación sectorial",algo que, de entrada, choca con el visto bueno que dieron a la operación el regulador europeo (BCE) y el supervisor bancario (Banco de España).
Dentro de los criterios reglados, un segundo planteamiento pone en duda la promoción de la investigación y el desarrollo tecnológico, algo que desde Economía se tendrá que explicar bien, si tenemos en cuenta que la nueva entidad fusionada contaría con más recursos y capacidad para ello.
A partir de ahí, los otros tres criterios no contemplados de forma textual en la norma se centran en la protección de los trabajadores, la cohesión territorial y los objetivos de política social.
Tres áreas demasiado amplias desde el punto de vista jurídico que el informe de Economía tendrá que acotar para ser creíbles, señalan las fuentes consultadas.
Las explicaciones posteriores del Ministerio deberán aclarar, además, qué se incluye con el argumento genérico de "protección de los trabajadores", dado que puede ser sólo mantenimiento del empleo o incluir cambios en las condiciones laborales.
En ese escenario entra además el criterio de los "objetivos de política social", que pueden referirse a muchas áreas de los dos bancos y cuyo traslado en condiciones a cumplir por parte del Gobierno no tiene por qué cuestionar la operación, de entrada.
Por último, un concepto que también es polivalente y debe ser acotado con criterios jurídicos es la "cohesión territorial", algo que entra dentro de lo que puede ser el mantenimiento de la marca durante un tiempo o entrar en condicionantes de otro tipo.
A favor y en contra
Fuentes jurídicas consultadas advierten del elevado carácter político de todos estos argumentos, que dejan fuera de juego los planteamientos técnicos de Competencia y puede traducirse en condiciones tan perjudiciales o beneficiosas para la operación como quiera el Ejecutivo.
Moncloa tiene ahora 30 días naturales para establecer sus condiciones finales de cara a la operación y bajo la lupa de todas las instituciones técnicas y financieras que hasta ahora han dado su luz verde.
Si esas condiciones hicieran imposible a BBVA llevar a cabo una fusión con Sabadell en términos rentables y lógicos, siempre le queda el recurso a la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo.
Es la primera vez que desde el Gobierno se plantea endurecer una operación que ha tenido todos los beneplácitos de Competencia y los reguladores y supervisores financieros, con lo que su carácter de precedente jurídico y la comparativa con otras operaciones del sector (CaixaBank y Bankia) pueden ser clave para el Supremo.
Desde la CNMC siempre se ha sostenido que la institución "ha realizado su análisis desde una perspectiva estricta de derecho de la competencia, sin tener en cuenta otras razones de interés general o cuestiones que no estén dentro de su ámbito competencial y técnico".
Incluso desde la Comisión Europea se ha advertido este mismo martes de la vigilancia a que está sometida la opa, por ser un tema avalado por las autoridades españolas de competencia y las instituciones financieras europeas, que pueda afectar a la futura unión bancaria y armonización financiera, que están en marcha.
Aunque no se descarte la apertura de un expediente comunitario, las fuentes jurídicas consultadas advierten que se trata de un tema entre dos bancos españoles y sometida a derecho interno, que quedaría fuera incluso del TJUE.
