El Ministerio de Trabajo ya ha comenzado a tomar medidas después de que el rechazo del decreto ómnibus en el Congreso provocara la derogación del salario mínimo interprofesional en 2025.
Ha emitido un criterio interpretativo según el cual toda nueva contratación debe tener como referencia más baja el salario mínimo que estaba en vigor hasta este miércoles, 1.134 euros al mes en 14 pagas.
El texto indica que, si no se respetara este límite, "quedarían vacíos de contenido los mandatos constitucionales, así como los tratados internacionales suscritos por España".
El documento se refiere tanto al Estatuto de los Trabajadores (que recoge la obligación de aprobar un salario mínimo anual), a sentencias del Tribunal Constitucional y a la Carta Social Europea (que recoge que el salario mínimo de los países adheridos tiene que estar en el 60% del salario medio).
"La fijación de salarios por debajo del umbral citado tampoco sería posible cuando fuera consecuencia del empleo de instrumentos tales como el ejercicio del ius variandi empresarial, las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo o los descuelgues de los convenios", añade el documento.
El texto emitido por la Dirección de Trabajo apunta que la Inspección velará por que las empresas mantengan este suelo salarial.
