El 80% de las empresas de este país han recurrido al teletrabajo en los últimos meses para evitar parar su actividad, según el Banco de España. Una fórmula que para muchos se había convertido más en ‘todo trabajo’ pues las jornadas parecían no tener fin. Así que para evitar que esos infernales horarios se consagren, el Gobierno prepara una ley que podría traer consigo que freír un huevo frito se considere como un accidente laboral.

Una teoría un poco loca pero que se ha convertido en uno de los grandes temores del mundo empresarial en las últimas semanas. Tanto es así, que algunos altos directivos hablan ya de “los disparates” que puede traer la nueva normativa que se aprobará en los próximos meses y que el Gobierno quiere negociar ahora con los agentes sociales.

Por ahora se conoce el texto de la norma que el Ministerio de Trabajo ha sometido a consulta pública, previo a la elaboración de la Ley. En él se dice que las empresas tendrán que pagar a sus empleados los gastos derivados del teletrabajo. En concreto, todos aquellos que sean “directos o indirectos, relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral”.

Un puesto de trabajo en un domicilio.

En ámbitos empresariales surge la duda -por ejemplo- de si la conexión a Internet es uno de esos gastos ya que es algo que el trabajador también podrá utilizar durante su tiempo libre. O si, por ejemplo, el plus de desplazamiento que se recoge en muchos convenios tendrá que seguir vigente para aquellos trabajadores que apliquen el teletrabajo.

Sobre todo, porque todo apunta a que la intención del Ejecutivo es que sea el trabajador -de forma unilateral- quien decida si quiere o no trabajar desde su casa. No sólo eso, también se establece que por “causas familiares” puedan trabajar el 60% de su jornada semanal en su casa.

Disponibilidad

Además, es que según un borrador adelantado por El País, parece que será el trabajador el que pueda organizar también su jornada laboral. Eso sí, parece que previamente debe existir un acuerdo con la empresa en el que se fijen “los tiempos de disponibilidad absoluta obligatoria o los límites que al respecto se hubieran podido establecer”.

La preocupación sobre cómo se va a regular el teletrabajo es máxima en ambientes empresariales. Tanto que existe curiosidad por cómo se van a regular los accidentes laborales. “Se puede dar la circunstancia de que si un empleado está haciendo un huevo frito y se le incendia la casa, pueda considerarse como accidente en el trabajo”, explican algunos de ellos.

Ordenador en una imagen de archivo.

Una situación compleja que ya anticipa que las negociaciones sobre esta legislación no van a ser sencillas entre los agentes sociales. Ahora que ya hay acuerdo con los agentes sociales para extender los ERTE hasta septiembre, toca empezar a negociar el teletrabajo.

Comienza la cuenta atrás para regular un área de actividad que según el Banco de España todavía tiene un gran recorrido en España. Los cálculos del regulador dicen que cerca del 30% de los empleos se pueden realizar desde casa. Sin embargo, hasta antes del Covid-19 sólo un 7% de los empleados estaba teletrabajando. 

¿En qué sectores se podría aplicar?  Las actividades financieras y seguros, la información y las comunicaciones o las actividades inmobiliarias, que se encuentran entre las que más empleaban esta fórmula de trabajo hasta ahora.

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