G. Domínguez /Agencias
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El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha interpuesto este viernes un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la suspensión del derecho al voto a los nacionalizados por la 'ley de nietos', decidida por el Tribunal Supremo.

En un comunicado, la institución explica que ha pedido al tribunal de garantías medidas cautelarísimas y que se pronuncie sobre la interpretación del Tribunal Supremo acerca de la suspensión del derecho al voto de los nacionalizados.

Gabilondo ha interpuesto este recurso "tras haber analizado la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS del pasado lunes, 12 de octubre, cuando confirmó mantener la suspensión de votar a personas nacionalizadas por la mencionada Ley, para que puedan, si así lo desean, ejercitar su derecho al sufragio activo en las próximas elecciones generales", señala el comunicado.

El alto tribunal decidió ese día mantener la suspensión cautelar del derecho al voto de los nacionalizados por la ley de nietos, lo que afecta a 163.020 personas que no podrán votar el próximo 29 de noviembre, salvo que las oficinas consulares acrediten que son descendientes de exiliados.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo desestimó así el recurso de la Abogacía del Estado, que también apoyaba la Fiscalía, contra el auto que dejó en suspenso las inscripciones en el Censo de residentes ausentes en el extranjero (CERA).

Tanto la Fiscalía como la Abogacía habían pedido que se permitiera el voto ante la "imposibilidad material" de revisar los casi 170.000 expedientes a los que afectaba la medida adoptada por el Supremo.

"Tienen derecho a voto"

Gabilondo, que ha adoptado esta decisión tras haber recibido diversas peticiones de solicitud de amparo ante el TC de particulares y entidades, ya se pronunció sobre este tema la pasada semana.

En un encuentro informativo que protagonizó el pasado 8 de octubre, el defensor subrayó que la nacionalidad conlleva el derecho al voto y pidió no abrir "caminos imposibles" para determinar "quiénes son verdaderamente españoles, muy españoles o muy muy españoles".

"No se puede ser español con derecho a voto o español sin derecho a voto; sino que si eres español, tienes derecho al voto. ¿Cómo se puede hacer eso? Pues, usted dirá. Pero lo que veo más difícil es que diga que no hay derecho al voto siendo español", señaló Gabilondo en un encuentro informativo, en el que recordó que "no se puede quitar y poner según el día de la semana" si ya se ha dicho que es español.

Para el defensor, la nacionalidad española otorgada a hijos y nietos de exiliados a través de la ley de nietos está dentro del "mejor espíritu de la Transición".

Ayer mismo la Junta Electoral Central (JEC) acordó enviar la documentación electoral para el 29N a todos los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) con la advertencia de que no todos podrán ejercer el derecho al voto debido a la suspensión decretada por el Supremo para nacionalizados por la 'ley de nietos'.

Según informaron a EFE fuentes de este órgano, el objetivo es que la documentación necesaria para votar llegue a todos los que no estén afectados por el auto del Supremo.

Algunos de los más de 160.000 inscritos que adquirieron la nacionalidad gracias a la citada 'ley de nietos', recordaron esas fuentes, sí podrán votar si cumplen los requisitos marcados por el alto tribunal.

El plan del Gobierno

El Gobierno tenía preparada ya una vía para que los nacionalizados pudieran votar: el recurso de amparo que ha presentado hoy Gabilondo.

Y es que, cuando alguien cree que un tribunal ha vulnerado uno de sus derechos fundamentales, como el voto, puede acudir al Constitucional con un recurso de amparo. Hay 30 días para hacerlo.

Pero tiene tres obstáculos.

El primero es el momento procesal. La decisión del Supremo es provisional y el procedimiento principal todavía no se ha resuelto. El Constitucional suele rechazar los recursos que se presentan antes de que los tribunales ordinarios hayan dictado una resolución definitiva.

El segundo es la legitimación para recurrir. El derecho al voto corresponde a cada uno de los 163.020 afectados, no al Gobierno, y el Constitucional solo permite a la Administración recurrir en circunstancias excepcionales.

El tercer obstáculo es el calendario. El plazo para reclamar al censo termina el 19 de octubre y, entre los días 24 y 30, la Oficina del Censo Electoral enviará a los españoles residentes en el extranjero la documentación necesaria para votar.