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Las fiscales anticorrupción Elisa Lamelas y Mar Scharfhausen han remitido en la mañana de este viernes un escrito a la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia de Madrid en el que reflejan todos los indicios disponibles que apuntan a que el PSOE montó una "organización criminal".

Su objetivo: "La coordinación y ejecución de una serie de actuaciones con el propósito de desestabilizar cualquier procedimiento judicial o actuación policial que pudiera impactar en los intereses del PSOE o del Gobierno, gravemente afectados en ese momento por la consecutiva apertura de procedimientos judiciales en los que se investigaba a miembros de partido o de la familia del Presidente del Gobierno".

La duda: "Si el entramado utilizado para obstaculizar investigaciones judiciales y salpicar a mandos policiales y jueces contó con un "defecto estructural de organización y control" dentro del partido que justifique la responsabilidad penal de la formación política".

El argumento más favorable a que esa "organización criminal" estaba controlada desde la calle Ferraz es que era Santos Cerdán, entonces secretario de Organización del PSOE, quien contactó y preparó la cloaca con Leire Díez, y era también él quien encomendaba a Ana Fuentes, gerente del partido socialista, los pagos pertinentes con fondos del partido.

En cualquier caso, el juez Pedraz, aunque en sintonía con el informe de las fiscales y los indicios evidentes, ha decidido desoír la petición del PP de llamar a declarar como investigado al PSOE en tanto persona jurídica.

El magistrado argumenta que faltan diligencias por realizar antes de llegar a ese punto y se centra en tres: el análisis de la documentación incautada en Ferraz y en el domicilio de Cerdán; la propia declaración de este; y la comprobación de que los pagos efectuados a Leire Díez fueron abonados desde cuentas del PSOE.

Los indicios

El informe recuerda que los acusados están imputados por nueve delitos:

  • Organización criminal: Por la constitución y participación en una estructura organizada para la comisión continuada de hechos ilícitos.
  • Múltiples cohechos: Por el ofrecimiento y/o entrega de remuneraciones o favores a funcionarios públicos, agentes de la Guardia Civil y fiscales a cambio de información o actuaciones irregulares.
  • Tráfico de influencias: Por interferir en la toma de decisiones públicas e investigaciones judiciales mediante el uso de redes de poder o capacidad de decisión orgánica.
  • Revelación de secretos: Por el acceso, obtención, filtración o difusión no autorizada de información reservada y datos bajo secreto de actuaciones o unidades de investigación policial.
  • Falsedad en documento mercantil: Por la elaboración y emisión de notas de encargo y facturas mendaces creadas a posteriori para enmascarar transferencias de fondos y dar soporte aparente de legalidad a pagos irregulares.
  • Inducción al falso testimonio: Por promover o instigar a investigados o testigos a prestar declaraciones falaces u ocultar la verdad ante las autoridades judiciales.
  • Acusación falsa: Por imputar falsamente hechos delictivos con conocimiento de su falsedad a magistrados, fiscales o mandos policiales para desacreditar la labor de la instrucción.
  • Prevaricación: Por la adopción o inducción de resoluciones e instrucciones arbitrarias al margen de los procedimientos legalmente reglamentados.
  • Delito contra las instituciones del Estado: Por las actuaciones dirigidas a coaccionar, perturbar o desacreditar el ejercicio de la función jurisdiccional y el normal funcionamiento de los juzgados y tribunales.

Los protagonistas

El informe, sin embargo, no se limita a una simple enumeración, sino que detalla de forma bastante concienzuda quién hace qué, cómo, cuándo y con qué objetivo.

En total hay siete imputados, cada uno con una tarea clara y concreta dentro de la "organización criminal" dirigida por Santos Cerdán.

Santos Cerdán León

Quién es: Exsecretario de Organización del PSOE y máximo responsable de la infraestructura logística y de gestión del partido durante el periodo investigado.

De qué se le acusa: Se le atribuye la presunta comisión de delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, revelación de secretos, inducción al falso testimonio, acusación falsa, falsedad en documento mercantil, prevaricación y delitos contra las instituciones del Estado.

Hechos indiciarios que le implican: Según el informe de la Fiscalía y las investigaciones de la UCO, Cerdán habría situado la infraestructura logística y económica de Ferraz a disposición de la organización criminal.

Mantuvo reuniones con los miembros de la red en la sede del partido y encargó directamente a Leire Díez la ejecución de maniobras para desestabilizar causas judiciales.

Asimismo, le habría asignado un sueldo de 4.000 euros mensuales pagados con fondos del partido e intermediados mediante sociedades de abogados, contratando directamente dichos servicios sin sometimiento a controles internos ni fiscalización de la Gerencia.

Leire Díez Castro

Quién es: Identificada en las actuaciones como la presunta coordinadora y ejecutora sobre el terreno de las actuaciones ilícitas de la red bajo la dirección de Santos Cerdán.

De qué se le acusa: Integración en organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, revelación de secretos y captación u obtención ilegal de información confidencial.

Hechos indiciarios que le implican: Mantenía una relación directa con Cerdán desde 2021. En abril de 2024 se le habría encomendado entorpecer los procedimientos judiciales de impacto político. Percibía 4.000 euros mensuales opacos canalizados a través de sociedades interpuestas.

Los atestados constatan ofrecimientos de dinero o favores a guardias civiles, fiscales y procesados a cambio de información o actuaciones irregulares.

Viajó a Zaragoza financiada por el PSOE para reunirse con el exjefe de la Policía Judicial de Sevilla, Rafael Salvador, al que habría ofrecido contraprestaciones económicas a cambio de grabaciones sobre la magistrada Mercedes Alaya.

Asimismo, consta que aprovechó su relación personal con la directora general de la Guardia Civil, Mercedes González, para intentar perturbar la labor investigadora de la UCO y que obtuvo del capitán Sánchez Yepes información reservada de la unidad DIECAN.

Ana María Fuentes Pacheco

Quién es: Gerente del PSOE y responsable de la Oficina de cumplimiento normativo (compliance) del partido durante la época de los hechos.

De qué se le acusa: Organización criminal, falsedad en documento mercantil, tráfico de influencias y prevaricación, en calidad de cooperadora o participante en la canalización irregular de fondos.

Hechos indiciarios que le implican: Habría facilitado o confeccionado "hojas de encargo" y órdenes de trabajo mendaces con terceros y con despachos de abogados para dar cobertura formal a los pagos del PSOE destinados a Leire Díez.

En su declaración judicial reconoció que Cerdán contrataba servicios jurídicos con absoluta libertad y que las notas de encargo se formalizaban a posteriori sin verificar si los trabajos realmente se prestaban.

Gaspar Carlos Zarrías Arévalo

Quién es: Exalto cargo del PSOE y directivo vinculado a la red, señalado por las acusaciones como el responsable de la dirección jurídica del grupo.

De qué se le acusa: Organización criminal, tráfico de influencias y encubrimiento/cooperación en el entramado de pagos ilícitos y blanqueo.

Hechos indiciarios que le implican: Habría prestado sus empresas mercantiles y sus estructuras societarias como vehículo intermediario para encubrir la transferencia de fondos desde el PSOE hacia Leire Díez.

Además, ejercía presuntamente la coordinación estratégica de las defensas de los imputados en la causa de 'Hidrocarburos', orquestando ataques contra la UCO para sostener que las diligencias eran "prospectivas" o nulas.

Ismael Oliver Romero y Jacobo Teijelo

Quiénes son: Abogados en el procedimiento que ejercieron la defensa de varios implicados (como Koldo García, Santos Cerdán o el capitán Sánchez Yepes).

De qué se les acusa: Falsedad documental, cooperación en tráfico de influencias e intermediación en canalizaciones financieras sospechosas.

Hechos indiciarios que les implican: Sus sociedades fueron presuntamente utilizadas para emitir facturas e intermediar fondos del PSOE destinados a retribuir la actividad de Leire Díez.

Facturaban honorarios al partido abonados bajo órdenes de Cerdán sin que la Gerencia del PSOE pudiera acreditar la prestación de servicios reales distintos a la cobertura financiera de la trama.

Javier Pérez Dolset

Quién es: Empresario e investigado como colaborador dentro del engranaje operativo de la organización.

De qué se le acusa: Integración en organización criminal y cohecho.

Hechos indiciarios que le implican: Acompañó a Leire Díez en desplazamientos pagados con fondos del partido —como el viaje a Zaragoza para abordar al comisario Salvador Moreno— con la finalidad de obtener material sensible o comprometedor contra instructores judiciales.

Juan Manuel Serrano

Quién es: Exalto cargo institucional e investigado en la causa cuya citación judicial se halla pendiente.

De qué se le acusa: Participación en los delitos examinados en la trama de tráfico de influencias y desviación de recursos corporativos.

Hechos indiciarios que le implican: El escrito del Ministerio Público lo sitúa en el núcleo de investigados cuyas explicaciones en sede judicial resultan esenciales para delimitar el mapa de decisiones, autorizaciones y pagos ejecutados en el entramado de Ferraz.

La pieza clave

La clave de bóveda, pese a todo lo anterior, se encuentra en un concepto conocido como "compliance". Se trata, básicamente, del conjunto de normas, procesos y buenas prácticas que una empresa implementa para garantizar que actúa conforme a la ley y a los códigos éticos.

Su propósito principal es identificar y prevenir riesgos legales, fiscales u operativos para evitar sanciones económicas y proteger la reputación de la organización. Algo que tradicionalmente se conoce como responsabilidad in vigilando.

Pues bien, el informe de las fiscales explicita cómo nos encontramos ante "(i) la comisión de un delito susceptible de generar responsabilidad penal para la persona jurídica; (ii) por parte de sus representantes legales, de quienes están autorizados para tomar decisiones en su nombre o de quienes ostentan facultades de organización y control dentro de la misma; (iii) en nombre o por cuenta de la persona jurídica; (iv) en su beneficio directo o indirecto; y (v) sin que se hubieran implementado medidas de control y supervisión para prevenirlo".

Es justo ahí donde radicaría la responsabilidad del PSOE como persona jurídica y es por ello que las fiscales solicitan que se espera "al resultado de las diligencias pendientes, fundamentalmente, las declaraciones de los investigados ya citados, para resolver lo que proceda en torno a la llamada al procedimiento del PSOE como investigado".