El exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, en prisión preventiva desde el pasado 30 de junio por liderar una presunta trama de corrupción, ha pedido hoy al Tribunal Constitucional que acuerde su puesta en libertad como medida cautelar, mientras resuelve su primer recurso de amparo.
La defensa cree que su demanda debe ser admitida a trámite por el TC por plantear "una cuestión jurídica de relevante y general repercusión" con "consecuencias políticas generales".
Se trata de un procedimiento "por presunta corrupción dentro de la esfera política del Gobierno del Reino de España formado por la coalición del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y Sumar" y de quien fue secretario de Organización del PSOE, "quien figuraba como tercero en la lista de Gobierno, siendo uno de los cargos públicos más próximos al presidente del Gobierno", destaca.
En esta demanda Cerdán cuestiona la finalidad constitucional de la decisión del Tribunal Supremo de acordar su prisión provisional y afirma que la Sala Penal no ha concretado en qué consiste el riesgo de que destruya o altere pruebas.
La defensa afirma que ese peligro es el motivo "aparente", pero no "real" de la prisión preventiva de Cerdán, por lo que "es inevitable establecer la deducción lógica de que tras su encarcelamiento se encuentran subyacentes otras finalidades no constitucionalmente admisibles, como puede ser sofocar una alarma social (dada la trascendencia social y política del caso y del investigado) y o para presionar al investigado para que haga entrega de pruebas de su culpabilidad o directamente conseguir una confesión".
Alude, en este sentido a la "liberación inmediata de uno de los investigados", el empresario Víctor de Aldama, "en el momento que proporcionó el material investigador"-
Ello "nos hace suponer que idéntica e ilícita estrategia procesal se está usando en el presente caso, extremo que resulta del todo inadmisible en nuestro Estado de derecho".
Para la defensa del exdirigente socialista, es "del todo perentorio" que el TC "se avenga a suspender cautelarmente la medida de prisión provisional de Cerdán".
Se basa en "la importancia de los derechos fundamentales en juego" -derecho a la libertad, derecho a la integridad moral y derecho a no declararse culpable- y en que "en caso contrario, haría del todo inútil e ineficaz un fallo estimatorio" del amparo.
Indica, a este respecto, que previsiblemente el TC no habrá resuelto la demanda antes de los seis meses que, según la ley, puede durar como máximo una situación de prisión preventiva basada en el peligro de destrucción de pruebas.
El recurso señala que, dado que Cerdán está investigado en una causa especial que se tramita en única instancia ante el Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional debe tener "un especial papel protector".
"No se ha reconocido en los audios"
Reprocha al magistrado instructor, Leopoldo Puente, y a la Sala de Apelación que, a su parecer, no hayan "motivado el riesgo concreto respecto a las fuentes de prueba supone la puesta en libertad del Cerdán" más allá de "insinuar un hipotético y ficticio riesgo de naturaleza absolutamente genérica".
"Establecer como único motivo para presuponer un riesgo de alteración o destrucción de pruebas que justifique el ingreso en prisión preventiva un supuesto papel directivo por parte de Cerdán inferido únicamente por un análisis subjetivo en relación a unos audios que a fecha de hoy no conocemos ni su veracidad, ni el soporte de los mismos, ni quién los grabó y por qué motivo y que han sido convenientemente editados y filtrados en los medios de comunicación, es del todo insuficiente y no colma los estándares exigidos por el TC y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos", afirma.
Y Cerdán "no se ha reconocido en esos audios", añade la demanda, cuestionando el principal elemento incriminatorio contra él. En esos audios, el exdirigente socialista habla con el exministro José Luis Ábalos y con el asesor de éste, Koldo García, de repartos de dinero presuntamente procedente de comisiones ilícitas por adjudicación de contratos públicos.
La defensa considera una "contradicción flagrante" que se considere a Santos Cerdán “jefe de la trama criminal” pero no se haya acordado – a diferencia de lo ocurrido con otros investigados – una entrada y registro de su domicilio. O que fuera citado a declarar en el Supremo casi un mes después de que aparezca su nombre en la investigación de la UCO. "Es del todo evidente que ningún riesgo de destrucción de documentación valora el magistrado instructor que exista", sostiene.
Según la demanda, lejos de cualquier indicio de destrucción de pruebas, el exnúmero tres del PSOE ha mostrado "su plena sujeción con el procedimiento".
"Lo primero que llevó a cabo una vez este conoció que aparecía su nombre en el informe de la UCO [del 5 de junio pasado] es a renunciar al acta de diputado (a diferencia de Ábalos), facilitando de este modo su citación en calidad de investigado, ahorrando al magistrado instructor el procedimiento de suplicatorio ante la cámara baja"
También dimitió como secretario de Organización del partido del Gobierno.
Todo ello evidencia "un comportamiento de sujeción y colaboración ejemplar con el procedimiento penal de una persona que ostentaba importantes responsabilidades y que precisamente se ha despojado de las mismas para no interferir ni en la vida política del país ni tampoco evidentemente respecto a cualquier persona potencialmente implicada".
Niega, asimismo, que se haya "enriquecido ilícitamente" o tenga "dinero escondido".
Y plantea un trato discriminatorio respecto a investigados que, como Ábalos o los empresarios, "podrían tener una capacidad de influencia mucho mayor". El exministro por mantener su acta de diputado y los segundos por "continuar ostentando cargos directivos y de responsabilidad"
