El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón, instructor del caso Tándem, ha desestimado el recurso que el empresario Javier López Madrid interpuso contra la resolución del 27 de julio en la que el magistrado ve indicios contra él por un presunto delito de cohecho. El proceso se refiere a la contratación del excomisario José Manuel Villarejo por López Madrid para "hostigar" a la dermatóloga Elisa Pinto.

El juez considera que hay indicios de que en los meses siguientes Villarejo "llevó a cabo seguimientos" de Pinto y de sus hijos, "intentó impedir" que la doctora denunciase a López Madrid , "empleó medios policiales para desacreditarla, accedió a su información privada sin autorización e intentó interferir en la investigación policial" una vez que la dermatóloga denunció empresario.

Ahora, el instructor ha confirmado su criterio de que López Madrid debe sentarse en el banquillo. "En este Juzgado no se investiga el supuesto acoso que experimentó Elisa Pinto, sino que los hechos objeto de instrucción se ciñen a la existencia de un delito de cohecho", explica.

"Pese a que en el recurso se transcribe gran parte del relato fáctico del auto de 27 de

julio, llama la atención que no se reproduce una conversacion de Villarejo el 26 de enero de 2017 en la que manifestó que reclamará a Javier López Madrid una cantidad de dinero como compensación a la actuación que desarrolló en la resolución de su conflicto privado" con Pinto.

Esa conversación "resulta un poderoso indicio de la relación existente entre López Madrid y Villarejo", insiste el juez, "y pone de relieve que sí que se produjo un encargo y una prestación de servicios por parte de un comisario en activo, lo que se anuda a otros indicios".

El instructor señala que las diligencias que se siguen en los Juzgados de Instrucción 26 y 39 de Madrid, donde se tramitan denuncias cruzadas entre López Madrid y Pinto, "son diferentes e independientes de la presente causa: no es del caso analizar

quién inició la situación de acoso, si se produjo por ambas partes ni las consecuencias -incluso físicas- que se produjeron durante el período que duraron tales hechos", señala.

Garcia-Castellón rechaza, así, la aportación de documentos procedentes del Juzgado 26 y que, según la defensa de López Madrid, pondrían de manifesto que fue acosado por la doctora. "Incluso en el caso, y a los meros efectos dialécticos, de que se partiese de que el acoso se llevó a cabo por Elisa Pinto, ello resultaría independiente de si López Madrid ha llevado a cabo un delito de cohecho activo", explica.

"Existen indicios de dicho ilícito penal frente a él", insiste el juez, que no ve necesario practicar más diligencias.

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