Segundo fallo adverso para el dirigente de Podemos Pablo Echenique por contratar 'en negro' a su asistente personal. El Tribunal Superior de Aragón ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza que declaró que entre Echenique y E.P.S. hubo una relación laboral que obligaba al político a dar de alta en la Seguridad Social a su ayudante, lo que no hizo. Fuentes del equipo del secretario de Acción de Gobierno de Podemos anuncian que ésta ha "decidido recurrir el fallo y llegar hasta donde haga falta", es decir, el Tribunal Supremo.

El asunto arrancó con una demanda de la Tesorería General de la Seguridad Social contra Echenique. En el proceso judicial se declaró probado que, en distintos períodos de los últimos años, Echenique -que era perceptor de una prestación económica de la Administración por cuidados de dependencia- contrató a E.P.S. para que le ayudara en su vivienda en las necesidades básicas personales.

Sin contrato, en 'cash' y sin recibos

Echenique, que no formalizó el contrato por escrito, pagaba a su ayudante 11 euros por hora en efectivo, "sin elaborar documento justificativo alguno de esos pagos", declaró probado el Jugado de lo Social.

Además, E.P.S. "no estuvo dado de alta en la Seguridad Social, en ninguno de sus regímenes y sistemas, por la realización de esta actividad de asistente".

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social inició actuaciones dirigidas a investigar posibles irregularidades en la contratación de su auxiliar por Echenique. En abril de 2017 levantó un acta de liquidación por importe de 1.039,85 euros por falta de alta y cotización al RGSS (Sistema Especial Empleados de Hogar) por el trabajador E.P.S. por el periodo comprendido entre el 16.03.2015 al 30.04.2016.

Echenique recurrió en el Juzgado de lo Social, que falló en su contra. La Sala de lo Social del TSJ de Aragón ha confirmado ahora la sentencia de la primera instancia, ratificando la existencia de una "relación laboral entre las partes, sin que se encuentren razones para revocar la sentencia recurrida".

La Sala explica que se trata de una relación laboral porque la prestación realizada "se puede realizar por una empresa especializada, lo que excluiría el contrato de trabajo entre el dependiente y el cuidador. Pero si se contrata a una persona para que realice dicho servicio de ayuda a domicilio, y el cuidador lleva a cabo una prestación de servicios dependiente, ajena, voluntaria y retribuida, se tratará de un contrato de trabajo y deberá cursarse el alta”.

Añade, en contra de las alegaciones de Echenique, que no hay ninguna norma que excluya del ámbito laboral a los trabajadores calificados como empleados del hogar.

"Premisa falsa"

A pesar de que los hecho probados en el juicio dicen lo contrario, Echenique siempre ha mantenido que su relación con el cuidador era "la prestación de servicios a un particular (de hecho a varios particulares distintos), durante menos de una hora al día, no todos los días, de forma intermitente". Razón por la que rechaza la "premisa falsa" de que se pueda considerar como la de trabajador-empleador, sino como de autónomo-cliente.

Además, según fuentes del equipo del dirigente de la formación morada, "Echenique va a recurrir el fallo", asimismo, "porque abre la puerta a sancionar injustamente a miles de familias con personas dependientes que se encuentran en la misma situación y que quedarían en una situación de enorme indefensión e inseguridad jurídica".

Según el político de Podemos, "la Ley de Dependencia en su artículo 2 indica claramente que un cuidador profesional de una persona dependiente puede funcionar como autónomo". Y que, en ese caso, "toda la obligación de tributar y de cotizar es del cuidador profesional y no de la persona dependiente". Por todo ello, Echenique considera que "la sanción administrativa sería nula por carecer de base", por lo que la llevará al Tribunal Supremo para defenderse.

El dirigente morado añade, abundando en que E.P.S. no mantenía con él un trabajo regular o diario, que si él hubiera tenido que cotizar por este trabajador y firmar un contrato, "todo el mundo debería contratar laboralmente a los fisioterapeutas, a los masajistas o a los profesores particulares de matemáticas que prestan servicio a domicilio de manera intermitente pero más o menos regular y estos deberían firmar un contrato laboral con cada uno de sus clientes simultáneamente", algo que consideraa, "fuera del sentido común".

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