La Fiscalía se opone de forma rotunda a que la Sala Penal del Supremo conceda permisos de salida de la cárcel a Joaquim Forn para que acuda a los plenos del Ayuntamiento de Barcelona, del que forma parte como concejal de Junts Per Catalunya tras las elecciones de mayo.

La excarcelación del exconsejero de Interior es apoyada por la alcaldesa, Ada Colau, que ha firmado una carta incorporada al expediente carcelario elevado al Supremo en la que se refiere, en concreto, a la celebración de un pleno extraordinario el día 16 para cuestiones organizativas y alude a su "plena disposición" para realizar las gestiones precisas para permitir al acusado de rebelión, actualmente en prisión preventiva, el ejercicio de sus funciones como concejal del Ayuntamiento de Barcelona

"No resulta factible compatibilizar la asistencia al Pleno del Ayuntamiento con la cumplimentación de los fines de la prisión provisional, y más en concreto con la conjuración del grave riesgo de reiteración delictiva debido a las incitaciones que el propio investigado y el resto de procesados realizaron en su día en el curso de su actividad política, al incumplimiento general del ordenamiento jurídico estatal y autonómico y a la implantación de una vía unilateral de independencia que llevaba necesariamente, desde la violencia típica, a la fracturación territorial de Cataluña del resto del Estado", afirma el fiscal Fidel Cadena en un contundente escrito que le sirve para reafirmarse en las tesis acusatorias que sostiene el Ministerio Público.

Para el fiscal, "deben prevalecer los fines constitucionales de respeto al orden constitucional, lacerados por los procesados y en concreto por el solicitante desde su posición de consejero de Interior del Gobierno de la Generalitat como responsable político de los Mossos de Escuadra".

Cadena considera que "no puede ni debe permitirse" el retorno de Forn a escenarios públicos "que permitan operar con los mismos o similares instrumentos jurídicos que los que, en su día, fueron utilizados para combatir el Estado de Derecho y vulnerar la norma constitucional".

A su juicio, un permiso penitenciario como el que se solicita "pondría en riesgo la vigencia del ordenamiento jurídico en un contexto social y político similar a aquél en el que actuó" en 2017. Además, cree que la excarcelación para asistir al Ayuntamiento "alteraría muy probablemente la convivencia ciudadana".

Seguridad democrática

El fiscal recuerda que Forn está privado preventivamente de libertad por su supuesta participación "en el delito más grave contra el orden constitucional", afirma en referencia a la rebelión, y en esa condición accedió a los comicios municipales, por lo que la "consecuencia natural de su estado procesal no es la de actuar como quien disfruta de libertad, sino la de asumir las consecuencias de la medida cautelar que limita el derecho a la libertad personal".

Recuerda, además, la vigencia del artículo 384 bis de la ley procesal penal, que impone la suspensión cautelar en el ejercicio de funciones públicas a los procesados por rebelión. "No puede, por lo tanto, invocarse el ejercicio de funciones públicas, estando vigente ese precepto, que precisamente las suspende, como presupuesto de concesión de un permiso que tiene por exclusivo objeto aquella finalidad de participación en la función pública previamente neutralizada por la autoridad judicial en aras de la seguridad democrática".

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