Iñaki Urdangarín seguirá cumpliendo condena en segundo grado penitenciario. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, ha desestimado el recurso que el cuñado del rey Felipe VI interpuso contra la clasificación acordada el pasado 7 de febrero por la Junta de Tratamiento de la prisión de Ávila, donde el marido de la infanta Cristina de Borbón se encuentra desde hace nueve meses.

Urdangarin intenta obtener el tercer grado penitenciario (el régimen que la Generalitat ha concedido a Oriol Pujol sólo 71 días después de ingresar en prisión) o bien la aplicación de un sistema mixto entre el segundo y el tercer grado que regula el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario y que también le permitiría salidas de prisión para trabajar.

Hasta ahora no ha logrado ni lo uno ni lo otro. Por cinco votos frente a dos, la Junta de Tratamiento de la cárcel de Ávila confirmó el segundo grado penitenciario la última vez que revisó la clasificación de Urdangarín.

El interno presentó un recurso que el centro directivo de la Administración penitenciaria ha rechazado.

Es la segunda noticia adversa para Iñaki Urdantarín en las últimas semanas. El pasado día 12, el Tribunal Constitucional acordó no admitir a trámite el recurso de amparo que presentó contra la condena que se le impuso.

El Supremo condenó a Urdangarín el pasado junio por cooperación necesaria en un delito de prevaricación continuada en concurso con malversación de fondos públicos, tráfico de influencias, fraude a la Administración y dos delitos fiscales.

La Sala Penal redujo en cinco meses la condena a 6 años y 3 meses de cárcel que le impuso la Audiencia Provincial de Baleares. Esa mínima rebaja se debió a su absolución del delito continuado de falsedad en documento público cometido por funcionario, un delito que también se anuló a su socio en el Instituto Noos, Diego Torres. El Supremo entendió que en los hechos probados de la sentencia no se les atribuía a ninguno de los dos una contribución a esas falsedades.

El Supremo declaró en sentencia que Urdangarin "influyó" sobre autoridades y funcionarios de la Administración autonómica balear "desde una aprovechada posición de prevalencia" para obtener contratos económicamente beneficiosos para él.

"A través de su amistad con el coacusado Jose Luis Ballester, director de deportes, y la situación de privilegio de que disfrutaba como consecuencia de su matrimonio con una hija de quien era entonces jefe del Estado, Urdangarin consiguió mover la voluntad tanto de Ballester como de Jaume Matas [expresidente del Gobierno balear] para obtener la contratación con la Asociación Instituto Noos (...) orillando toda concurrencia y los condicionantes que podrían derivarse de una tramitación ajustada a la legalidad”.