Dos de los siete miembros de la Junta de Tratamiento de la cárcel de Ávila ya se muestran a favor de que Iñaki Urdangarin, marido de la infanta Cristina de Borbón, pueda mejorar sus condiciones carcelarias y tenga permisos de salida.

El cuñado del rey Felipe, condenado a cinco años y 10 meses de prisión por el Tribunal Supremo, ingresó en prisión el pasado 18 de junio y fue clasificado en segundo grado. En este régimen Urdangarín no podría disfrutar de permisos hasta diciembre de este año, cuando habrá cumplido la cuarta parte de la condena a cinco años y 10 meses 

Iñaki Urdangarin ingresa en la prisión de Brieva (Ávila)

Pero el Reglamento Penitenciario permite acceder a régimen abierto (el tercer grado) sin necesidad de tener cumplida la cuarta parte de la condena. Para ello es preciso valorar especialmente "el historial delictivo y la integración social del penado". Son variables que, en el caso de Urdangarín, pueden alcanzar una valoración favorable.

Además, la normativa penitenciaria permite a los responsables de las prisiones aplicar, con el permiso del juez de vigilancia, un modelo de ejecución de la condena que combine aspectos del segundo y del tercer grado, de manera que, aun estando clasificado en segundo grado, el cuñado del Rey podría salir a trabajar o disfrutar de salidas de fin de semana.

Ésto es lo que ha estado valorando la Junta de Tratamiento de la prisión de Ávila en la revisión de la clasificación penitenciaria de Iñaki Urdangarín realizada el pasado día 7.

Los responsables del centro penitenciario han acordado mantener al marido de Cristina de Borbón en segundo grado por cinco votos frente a dos. Tanto la pedagoga como uno de los subdirectores que integran la Junta de Tratamiento son partidarios de flexibilizar el régimen de privación de libertad.

Urdangarin ha recurrido la decisión de la Junta de Tratamiento a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. En caso de resolución adversa, puede acudir al juez de vigilancia penitenciaria.

Mientras tanto continuará en solitario en el módulo que tiene asignado en la prisión de mujeres abulense. El Supremo le condenó el pasado junio por cooperación necesaria en un delito de prevaricación continuada en concurso con malversación de fondos públicos, tráfico de influencias, fraude a la Administración y dos delitos fiscales.

La Sala Penal redujo en cinco meses la condena a 6 años y 3 meses de cárcel que le impuso la Audiencia Provincial de Baleares. Esa mínima rebaja se debió a su absolución del delito continuado de falsedad en documento público cometido por funcionario, un delito que también se anuló a su socio en el Instituto Noos, Diego Torres. El Supremo entendió que en los hechos probados de la sentencia no se les atribuía a ninguno de los dos una contribución a esas falsedades.

El Supremo declaró en sentencia que Urdangarin "influyó" sobre autoridades y funcionarios de la Administración autonómica balear "desde una aprovechada posición de prevalencia" para obtener contratos económicamente beneficiosos para él.

"A través de su amistad con el coacusado Jose Luis Ballester, director de deportes, y la situación de privilegio de que disfrutaba como consecuencia de su matrimonio con una hija de quien era entonces jefe del Estado, Urdangarin consiguió mover la voluntad tanto de Ballester como de Jaume Matas [expresidente del Gobierno balear] para obtener la contratación con la Asociación Instituto Noos (...) orillando toda concurrencia y los condicionantes que podrían derivarse de una tramitación ajustada a la legalidad”.