Las claves
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La Mesa del Congreso aprobó este martes a última hora el veto del Gobierno a la bajada del IVA al 4% en algunos alimentos básicos y su eliminación en otros, que había sido aprobada en el Senado gracias a una enmienda del PP. Los populares colaron esta medida en la Ley de servicios de atención a la clientela, gracias a su mayoría absoluta, durante su tramitación en la Cámara Alta.
Fuentes de la formación de Alberto Núñez Feijóo alegan que el órgano de gobierno de la Cámara Baja no tiene “competencias” para aprobar esta medida. Es más, añaden que el Gobierno no tiene razón al alegar que tiene derecho por ley a vetar esta medida, “porque ya no es una enmienda, sino parte del texto legal”.
Según la Constitución, el Ejecutivo puede vetar cualquier enmienda a una norma que suponga mayor gasto o menos ingresos respecto al Presupuesto en vigor. Del mismo modo que puede vetar cualquier enmienda la tramitación de una proposición de ley por el mismo motivo. Sin embargo, el PP alega que esta norma ya estaba en tramitación, porque así lo admitió el Congreso antes de pasar al Senado para su segunda lectura.
Ahora, a su regreso al Congreso, el Gobierno presentó este mismo martes la solicitud de veto. Y la Mesa, dominada por el PSOE y sus socios parlamentarios, lo ha aceptado. Según el PP, “porque saben que en pleno no tendrían votos para volver a subir el IVA de los alimentos básicos y, en todo caso, se les vería su voracidad recaudatoria incluso con las familias que no llegan a fin de mes”:
Hacienda alega que la medida “supondría 3.780 millones de euros de afectación en el presupuesto, al modificar el IVA sobre operaciones interiores”.
El Gobierno presentaba a primera hora de este martes un escrito de disconformidad ante el Congreso contra “la tramitación de una enmienda que el PP aprobó en el Senado” para bajar el IVA de la cesta de la compra básica, cuya ratificación iba a votarse este jueves en el Pleno.
El Gobierno ya intentó vetar en el Senado esta enmienda que rebaja entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio el IVA para carnes, pescados y conservas hasta el 4% y elimina ese impuesto para la leche, quesos, huevos, frutas, verduras, hortalizas y legumbres para el mismo periodo de tiempo.
Sin embargo, la Mesa de la Cámara Alta en el Senado está dominada por el PP y desoyó el escrito de disconformidad, por lo que la enmienda prosiguió su tramitación parlamentaria sin inconveniente en la Cámara Alta y llegó a aprobarse en Pleno.
Los argumentos que esgrime el Gobierno y que aceptó la Mesa, presidida por la Francina Armengol, “están ajustados a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional”, según fuentes cercanas a la política socialista.
Estas fuentes acusan a la Mesa del Senado de haber “ignorado” adrede la doctrina del TC que, asegura, “deja meridianamente claro que el Gobierno no pierde la facultad de vetar enmiendas o proposiciones de ley por el hecho de que los presupuestos en vigor se encuentren prorrogados desde ésta o desde una legislatura anterior”.
El argumento en nada contradice al esgrimido por el PP ni por el órgano de Gobierno de la Cámara Alta, pues no alegan nada respecto a que las cuentas públicas en vigor sean las aprobadas hace tres años, en otra legislatura y con otras mayorías.
“Los fundamentos jurídicos del TC establecen”, según la Mesa del Congreso, que “a los efectos del art. 134.6 CE, lo determinante es que la conformidad del Gobierno ha de referirse siempre al presupuesto en vigor en cada momento, en coherencia con el principio de anualidad contenido en el mismo artículo, entendiendo por tal tanto el autorizado expresamente como incluso el que ha sido objeto de prórroga presupuestaria”.
La Mesa del Congreso aduce que debía, pues, “cumplir con la Constitución en su literalidad”, insistiendo en que la medida no forma parte de un texto legal consolidado y aprobado por una de las dos Cámaras del legislativo, sino que debe ser considerada, todavía, una enmienda.
Así, argumenta en una nota difundida a los medios, que la Constitución dice que “toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación”. Y añade que la Carta Magna, en su artículo 90.2, “califica como ‘enmiendas’ las modificaciones del texto introducidas por el Senado”.
