El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ordenado al Juzgado de Instrucción número 5 de Granada que siga investigando el secuestro de la concejal Vanessa Romero en Maracena.

Así figura en un auto, fechado este mismo jueves. El pasado 25 de mayo, el juez instructor dirigió al TSJA una exposición razonada para poder imputar a Noel López, entonces número 3 del PSOE andaluz. El magistrado actuó de ese modo, ya que López es miembro del Parlamento regional y, por tanto, está aforado.

No obstante, el Tribunal Superior devuelve la causa al Juzgado. Los magistrados consideran que "no se han agotado las necesarias diligencias de investigación que permitan afirmar con claridad, al menos indiciariamente, los hechos que han sido atribuidos a la persona aforada de Noel López".

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A pesar de lo "extenso" y "minucioso" de la exposición razonada que emitió el juez, el TSJA concluye que es "insuficiente", ya que se basa, únicamente, en la declaración del supuesto autor del secuestro, Pedro Gómez y en la geolocalización de los presuntos implicados.

Este último era el novio de la exalcaldesa de Maracena, Berta Linares, quien mantenía una manifiesta enemistad con la edil secuestrada, Vanessa Romero. Linares dimitió como regidora el pasado día 9 de junio, tras destaparse este escándalo.

"No se han practicado diligencias esenciales de investigación, como son la declaración en la sede originaria de la instrucción de personas a las que se imputa la participación en la detención ilegal de Vanessa Romero", reprocha el TSJ andaluz. La Fiscalía, en un duro informe, también se mostró favorable a devolver la causa al Juzgado para que investigase más profundamente.

La declaración del autor confeso del secuestro atribuyó a López el rol de inductor del mismo. Pedro Gómez declaró ante el juez que, pocos días antes del secuestro, su pareja, Berta Linares, le dio "una bolsita con cocaína de parte de Noel [López], para que se la tomara y se envalentonara" el día que iba a raptar a la edil Romero.

Ahora bien, el TSJA afea al juez que haya rechazado "la práctica de diligencias claramente necesarias en relación a los hechos que expone". "No es suficiente con que aparezca mencionado un aforado o que se aventure la posibilidad de que en el curso de la investigación surjan datos incriminatorios más robustos contra él", señala el tribunal.

"Es necesario que se detecten indicios de responsabilidad que conlleven la necesidad de dirigir el procedimiento contra el aforado", reclama. Además, el TSJ advierte de que no todos los investigados son aforados, por lo que "exigir" que los indicios de "cierta solidez" contra los que sí lo son es aún más necesario antes de enviar su exposición razonada.

"Y esos indicios surgen una vez practicadas las diligencias esenciales (...) por el Juzgado de Instrucción. Descartarlas o no practicarlas impide una visión más completa", advierte el Tribunal Superior andaluz.

El secuestro

El auto del juez señaló que el pasado 21 de febrero, Gómez que está actualmente en prisión y sufre bipolaridad— retuvo con un arma blanca y una pistola falsa a Vanessa Romero y la encerró en su coche.

El documento apunta, como posible móvil, que el equipo de la alcaldía temía que la concejala hiciera públicos unos expedientes sobre urbanismo que comprometerían la gestión de López y Linares al frente del Ayuntamiento de Maracena.

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Según la declaración de Pedro Gómez, éste se reunió con el entonces número 3 del PSOE andaluz, así como con el edil de Urbanismo, Antonio García Leiva, conocido como NonoSupuestamente, los tres convinieron en darle un "susto o escarmiento" a la concejal.

Sin embargo, el TSJA recuerda en su auto de este jueves que "aquellas afirmaciones no han podido ser contrastadas en forma alguna" ni por "diligencias que el Juzgado, el Ministerio Fiscal o las partes consideren necesarias para la correcta determinación de cómo se produjeron los hechos y de la participación que hubieren tenido cada una de las personas".

En consecuencia, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía devuelve la investigación al Juzgado granadino, sin perjuicio de que el instructor vuelva a enviar al TSJ una nueva exposición razonada con unos indicios concretos contra Noel López.

"En tanto no concurran las anteriores circunstancias, la investigación de los hechos corresponde al Juzgado ordinario", concluye la Sala de lo Civil y Penal del TSJ andaluz.