Hay una premisa, más o menos generalizada, en torno a la problemática de la ocupación ilegal de viviendas que dice lo siguiente: se podría haber hecho algo más. Ese eterno conflicto entre el derecho a la vivienda y el derecho a la propiedad vive en los últimos tiempos una suerte de días calientes en los que no paran de florecer noticias de nuevos okupas, a cada cual con métodos más pintorescos que el anterior, y propietarios frustrados que no paran de golpearse con el muro de una burocracia que no les beneficia.

Este debate, ya politizado, se ha colado este lunes en una de las más altas esferas del Estado. La fiscal general del Estado, Dolores Delgado, otrora ministra socialista de Justicia, ha entrado en el asunto pronunciando unas palabras que algunos esperan como agua de mayo. Lo ha hecho durante la apertura del curso judicial, en el Tribunal Supremo, en el que ha sido su primer discurso institucional de este nuevo periodo.

Delgado ha anunciado que en los próximos días dictará una instrucción que aborde el tratamiento por parte de los fiscales sobre el tema de las “ocupaciones de morada”, que no ha dudado en subrayar de “fenómeno delictivo”. Según la exministra, hay situaciones que “requieren de una acción específica acorde con las necesidades de la ciudadanía” y pronto instará a sus fiscales a abordar la cuestión con una nueva perspectiva.

La famosa okupa que aseguraba que recurriría a su abogado. E.E.

Aunque no ha especificado qué tipo de medidas quiere pedir, las palabras de Delgado quizás pongan fin a esa espera interminable de meses o incluso años en las que se ven los propietarios que quieren recuperar su vivienda. Quizás pongan fin al temor de los policías de ser denunciados, o a que se utilicen documentos fraudulentos para acreditar una residencia que no es tal. Quién sabe.

Por ello, EL ESPAÑOL ha consultado con varios juristas cuáles podrían ser algunas de las mejoras que el sistema plantea, sin tener que abordar un ambicioso cambio de ley. “La ley ya está, existe, sólo es buscar la forma de aplicarla”, explica a este diario Adrián Dupuy, letrado socio de Ceca Magán Abogados. “Si, además de tener la ley, tenemos una circular de la Fiscalía General del Estado, pues mucho mejor, así se da tranquilidad”, añade. La ocupación ilegal es un fenómeno que ha crecido un 58% en cinco años y, de no atajarse, corre el riesgo de incrementar.

1. Respaldo y rapidez para la Policía

Como en cualquier delito, la ocupación ilegal pasa primero por una denuncia ante las autoridades de las Fuerzas y Cuerpos y Seguridad del Estado. Antes de que el proceso de desocupación caiga en la vía judicial y corra el riesgo de enquistarse, la Policía y demás autoridades pueden actuar. El problema es que hay múltiples variantes, como que los propios agentes sean los denunciados, que complican la situación.

“Es evidente que en estas situaciones se ha cometido un delito, y si se ha cometido un delito la Policía tiene que ponerle fin”, explica Dupuy. “No puede ser que la Policía reciba unas acusaciones de que han violado los derechos fundamentales o hasta de torturas, como ha pasado en alguna ocasión, cuando en el desalojo hay violencia. Es un tema que se ha dejado hacer y se ha consentido demasiado”, añade.

En ese sentido, Dupuy pone como ejemplo ideal la instrucción que, desde 2019, la Fiscalía de las Islas Baleares ha emitido y que está ayudando a reducir las okupaciones. Ahí, se busca respaldar a los agentes para que actúen. “Ese documento lo que viene a decir es que se da tranquilidad a los agentes para que actúen rápido. Que tienen que actuar de acuerdo a la ley pero que no tienen que ser ellos los que salgan escaldados y que se lleven denuncias por actuar a favor de la prevención de un delito”, añade el letrado.

El Ministerio del Interior está trabajando ya en un protocolo para Policía Nacional y Guardia Civil que cuente con directrices comunes y respaldo jurídico ante una situación así. Las medidas que plantee Delgado podrían ir en camino a ese respaldo.

Unos agentes desalojan una vivienda 'okupada'. T5

2. No culpar al propietario

El viernes pasado, en Barcelona, la ciudad que más ocupación ilegal sufre de toda España, un casero víctima de este fenómeno tuvo que declarar ante los Mossos d’Esquadra por cambiar la cerradura de su vivienda y volver a alojarse en ella tras tirar la puerta abajo. Los okupas, que en el momento en el que todo sucedió se encontraban de vacaciones en Ibiza, le denunciaron por coacciones.

“Aunque esto suele acabar en nada para el propietario, es algo que no tiene que pasar. Se tiene que poner de manera expedita”, comenta Dupuy. “Este es el ejemplo de algunas resoluciones judiciales difíciles de entender. No puede haber resoluciones contra propietarios por cambiar la cerradura si se aplica la ley y se defiende la propiedad”, añade.

3. Más rapidez en los juzgados de guardia

Más allá de la rapidez policial, según apunta el letrado, la instrucción de 2019 de la Fiscalía de Baleares puede aportar muchas claves sobre la dirección en la que debería avanzar la Fiscalía General del Estado. Sin embargo, ni se ha pronunciado al respecto, así como tampoco lo ha hecho la Fiscalía de ninguna otra comunidad autónoma.

Otra de las líneas que propone la instrucción de Baleares es una mayor rapidez en los juzgados de guardia. “El juzgado de guardia deberá valorar la urgencia de la situación denunciada y, en su caso, actuar de conformidad a la norma 3B”, reza el texto, y añade: “Es decir, se resolverá sobre la procedencia de la medida, caso de ser valorada como urgente (...) para su resolución en el más breve periodo de tiempo posible”.

La Fiscal General del Estado, Dolores Delgado, este lunes. EFE

“El juez de guardia se puede pronunciar respecto a medidas cautelares de desalojo”, explica Dupuy. “El problema es que si el juez de guardia no quiere o no puede trabajar, eso supone que el desalojo va a tardar varios meses como mínimo”, añade. “El tema de los desahucios express ha llevado a que los jueces de lo penal digan que se vaya por lo civil, y el de guardia podría pronunciarse en el acto sobre el desalojo y dar orden a la Policía”, comenta.

4. Rigor en los documentos

Muchas veces, los okupas aportan una serie de documentación en la que se asegura que ellos son propietarios o inquilinos legítimos y así evitar ser desalojados. “Lo hacen para enturbiar el procedimiento y sembrar la duda razonable en la persona que tiene que tomar la decisión”, explica Marino Fernández-Bravo, abogado del despacho Fernández-Bravo Abogados.

“Tú ahora vas con una factura de un teléfono móvil y prácticamente hasta te puedes empadronar diciendo que eres el propietario. Habría que exigir mayor rigor a la hora de utilizar esos documentos en cualquiera que sea su aplicación”, comenta Fernández-Bravo.

Y Dupuy añade: “Muchos de esos son documentos falsos. Muchas veces, a los okupas, les explican que tienen que conseguir un alta de la luz o que les domicilien el agua y se montan unas estructuras para poder justificar la posesión. Todo eso es un absoluto fraude y no se castiga, a pesar de que en un procedimiento se esté aportando un documento falso. Igual hay incluso que pedir a las empresas suministradoras que tengan un mayor rigor en ello”.

5. Hasta los presidentes de la comunidad

Cuando alguien okupa, por ejemplo, un piso, no sólo daña al propietario legítimo. También puede dañar a la comunidad de vecinos, al forzar la cerradura del portal o, después, generando conflicto en las viviendas adyacentes. Sin embargo, la comunidad no se puede presentar ante un tribunal como parte afectada. Esto debería cambiar según Fernández-Bravo.

“Muchas veces vemos como los okupas no son cuidadosos con la propiedad y fuerzan una cerradura o entienden los elementos comunes como una cosa ajena. También luego hay fiestas, ruido, suciedad, etcétera”, explica el abogado. “Las comunidades de propietarios también son las perjudicadas aquí y estaría bien habilitar a los presidentes, presidentas, o administradores que se puedan personar en los distintos procedimientos judiciales”, añade.

El interior de una vivienda tras ser okupada durante el confinamiento.

6. Más contundencia

Esta última medida, por ejemplo, ayudaría a transmitir una mayor contundencia a la hora de atajar la problemática de la ocupación ilegal. Quizás, con esta y otras, se puede poner fin a esa idea generalizada de que no pasa nada por entrar en una vivienda. “Habría que trasladar un mensaje de mayor contundencia, que se entienda que va a haber un proceso ágil y de condena segura”, opina Fernández-Bravo.

“La Fiscalía, sobre todo en lo de Baleares, distingue si la ocupación es hacia una persona física o jurídica”, añade Dupuy. “Es como si por ser una propiedad de una persona jurídica la reacción debiera ser menos alta. Yo creo que no debería ser así, que la propiedad se ha de defender con independencia de quién sea el propietario. No veo por qué la diferencia”, explica.

Y también hace referencia a esa situación de que la Policía no puede actuar si ya han pasado 48 horas desde la ocupación. “¿Si ha pasado una semana deja de ser delito?”, se pregunta

7. Unidad política

Y ya, el último punto. Si bien todo lo anterior se puede hacer, a priori, sin cambiar la norma vigente, ambos expertos coinciden en remarcar a este diario que una de las mejores formas de atajar la situación sería logrando un pacto político que cierre los puntos ciegos que la ley aún tiene.

“Hace falta unidad política”, remarca Fernández-Bravo. “Sería muy útil que los políticos se pusieran de acuerdo en que es un problema, que evidentemente choca el derecho de vivienda con el derecho a la propiedad. Hace falta unidad política para solucionar el problema. La cuestión es que parece más fácil tener a gente ocupando una vivienda que tener a todas esas personas pidiendo el derecho a vivienda en la calle. Eso sería lo primero”, añade.

“La Fiscalía General del Estado no se ha pronunciado expresamente pero lo que diga la Fiscalía no es palabra de Dios”, comenta Dupuy. “Luego igual te puedes encontrar a un juez que ve que la Policía hace una cosa y les procesa. La mayor garantía la tienes si ello está respaldado por una norma jurídica aprobada por el Parlamento, una ley. Porque es verdad que las pautas, los tribunales las suelen aplicar, pero un juez puede no estar de acuerdo”, apuntala.

Noticias relacionadas