Carlota Guindal

El tiempo de espera ha acabado. El engranaje del Estado ha dejado de observar para pasar a la acción. La Audiencia Nacional ha cogido la iniciativa para evitar que se secunde cualquier iniciativa independentista en Cataluña. La Fiscalía de este órgano judicial ha lanzado una advertencia muy dura a las autoridades locales, regionales y autonómicas así como funcionarios públicos o cualquier particular. Cualquiera que conspire, proponga o provoque cualquiera acto para romper España acabará en la cárcel.

Es inminente que el Tribunal Constitucional declare inconstitucional la moción aprobada por el Parlamento catalán que proclama el inicio de la “desconexión” con el resto de España. Una vez que quede sin efecto la resolución catalana, aprobada gracias a los votos de Junts pel Sí y la CUP, cualquier acto posterior que no cumpla la decisión del TC será un “grave quebrantamiento de la Constitución”. A partir de ese momento, cualquiera que ejecute, de cualquier forma, el mandato aprobado por el Parlament podría cometer delitos de sedición y rebelión.

La Audiencia Nacional no puede perseguir a miembros aforados porque el competente es el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña o en caso de aforados nacionales el Tribunal Supremo. Esto quiere decir, que quedan fuera de este órgano judicial el presidente de la Generalitat, los diputados regionales, diputados nacionales y consejeros del Gobierno catalán. Pero el resto que colabore por la independencia será perseguido.

Alcaldes, policías locales -bajo el mando de los primeros-, funcionarios, directores generales y cualquier cargo del Gobierno catalán no aforado que lleve a cabo “actos directamente encaminados entre otros fines a cambiar ilegalmente la organización del Estado” podrían cometer delitos contra la forma de Gobierno. Estos son el de rebelión, con pena de hasta 30 años de prisión; y sedición, con pena de hasta quince años de cárcel.

“De modo que cuando los actos constitutivos de ambos delitos vayan encaminados o dirigidos, como es el caso, a declarar la independencia de una parte del territorio nacional violando la legalidad constitucional y cambiando la organización territorial del Estado, deberán ser considerados como delitos contra la forma de Gobierno”, destaca en un escrito el fiscal jefe, Javier Zaragoza, que ha remitido a los altos mandos de Policía Nacional, Guardia Civil y Mossos d'Escuadra, así como a la Delegación del Gobierno de Cataluña, para ponerles sobre aviso.

Pero es más, no sólo investigarán estos delitos, competencia de la Audiencia Nacional, sino que también les podrán imputar y en su caso acusar de prevaricación, desobediencia, usurpación de atribuciones y uso indebido de fondos públicos

Se perseguirá a todo aquel que quiera romper España

El escenario planteado por la Fiscalía es muy grave para todos aquellos que de alguna manera secunden el camino trazado por el Parlamento catalán. No deja un mínimo resquicio. Para que se cometa sedición o rebelión no es necesario que haya actos violentos. Se perseguirá cualquier acto “encaminado o dirigido a romper la organización territorial del Estado y separar del mismo una parte de su territorio quebrantando el principio de la unidad de la nación española”.

El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, se pone un paso por delante. Recuerda a los destinatarios de su escrito, principalmente al director general de la Policía de la Generalitat y al comisario general de los Mossos d'Esquadra que todos los cuerpos policiales dependen funcionalmente de jueces, tribunales y fiscales y, por tanto, deben seguir sus directrices y no las órdenes políticas que les pueda llegar desde ningún otro ámbito. A estos, junto a Policía Nacional y Guardia Civil, les requiere que en cuanto tengan conocimiento de algún indicio delictivo de este tipo remitan un informe urgente a la Audiencia para que el juez y fiscal que estén de guardia en ese momento actúen convenientemente.

La Fiscalía adelanta catorce supuestos que pueden ocurrir próximamente y que deben ser perseguidos, como la invasión con fuerza, violencia o intimidación de la sede del Parlament, alterar su funcionamiento, perturbar las sesiones o coartar la libre manifestación de sus opiniones.

Pero va más allá, advierte que podrá quedar inhabilitado durante doce años aquel que detenga a cualquier miembro de la Asamblea legislativa al margen de los requisitos legales por parte de autoridad o funcionario público. También será perseguido como delito contra las instituciones del Estado las calumnias, injurias o amenazas graves al Gobierno de la Nación, Tribunal Constitucional, Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Supremo, Consejo de Gobierno o Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad.

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