El exalcalde socialista de Quintanar del Rey (Cuenca), Martín Cebrián, ha sido condenado a nueve años de inhabilitación especial para "empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo" por no seguir el procedimiento legal en la licitación de unas obras en marzo de 2020.
Así lo recoge el fallo emitido por la Audiencia Provincial de Cuenca que lo considera responsable de delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal. A raíz de una querella interpuesta en 2021 por el portavoz del PP municipal, José Talaya, el Juzgado de Motilla de Palancar decidió en junio de 2024 abrir un juicio oral contra el exregidor y dos de sus concejales (Francisca Cebrián Navarro y Jesús García Ruíz).
Se les acusaba de modificar el contrato concedido a la empresa TECESA SLU para cometer las obras destinadas a adaptar el pabellón 'Santa Lucía' como auditorio. La justicia considera probado que se infló la cuantía a 75.151,89 euros habiendo acordado verbalmente en un primer momento 38.642,55 euros tras un encuentro con el contratista.
La Audiencia Provincial ha ratificado que Martín Cebrián "era consciente de que actuaba completamente al margen del procedimiento establecido". La sentencia rechaza que estos hechos se traten de "una mera irregularidad" teniendo en cuenta los años de experiencia en el cargo por parte del socialista.
"Caciada o dedazo", así califica el fallo este movimiento de adjudicar un exceso de obra de más de 35.000 euros sin consultar con ningún técnico y con falta de documentación.
Los dos concejales han sido absueltos
Por estos motivos, la Audiencia Provincial de Cuenca prohíbe al exacalde desempeñar un empleo o cargo público y ejercer el derecho de sufragio pasivo durante los próximos nueve años. Además, también requiere a Martín Cebrián abonar una tercera parte de las costas, incluidas las de la acusación particular que pedía quince años de suspensión.
Por su parte, la ex concejal Francisca Cebrián Navarro y el actual teniente de alcalde, Jesús García Ruiz han sido absueltos porque "no consta que actuaran en connivencia con el alcalde" a pesar de que votaron a favor de esa modificación en Junta de Gobierno.
