El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra la sentencia que anulaba la creación de un puesto de director o directora en la Oficina del ejecutivo regional ante la Unión Europea en Bruselas y la correspondiente modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT).
La sentencia establece que el motivo de dicha anulación es que en ningún momento ambos procesos fueron sometidos a la negociación colectiva. A este respecto, el Supremo ha rechazado también el argumento de la Junta que alegaba que la medida no afectaba a ningún empleado público porque el puesto estaba vacante desde 2020.
Sin embargo, el tribunal considera que esa exclusión vulnera los derechos de los funcionarios públicos recogidos tanto en el Estatuto Básico del Empleado Público como en la Ley autonómica del Empleo Público.
El proceso judicial se inició en noviembre de 2019 cuando la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO en Castilla-La Mancha impugnó el Decreto 215/2019, de 30 de julio, del Estatuto de la Dirección Pública Profesional de la Administración de la Junta.
Su recurso fue admitido por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) y el Gobierno regional acudió entonces al Supremo, que ahora ha rechazado su apelación.
Con esta desestimación del Supremo, se invalida de forma definitiva la creación del puesto de personal directivo en la RPT y la Junta está obligada a rehacer todo el proceso.
Una noticia que ha valorado positivamente la secretaria general de la FSC CCOO CLM, Carmen Juste. "Aunque la sentencia es de hace aproximadamente un año es ahora cuando se hace efectiva", ha subrayado.