Sentencias pioneras en la provincia de Toledo. Tres trabajadores -dos mujeres y un hombre- tendrán que ser readmitidos en la empresa Cocemfe Toledo Servicios tras ser despedidos cuando se encontraban de baja médica y, además, recibirán una indemnización por daños y perjuicios. 

Así lo han informado este lunes la secretaria regional de Diálogo Social y Salud Laboral de CCOO, Raquel Payo, y el secretario provincial del sindicato en Toledo, Federico Pérez, que han comparecido en rueda de prensa para dar a conocer estas tres sentencias, en las que el juez ha declarado nulos de pleno derecho dichos despidos en aplicación de la Ley de Igualdad de Trato y no Discriminación.

Según ha explicado Payo, el resultado positivo a favor de estos tres empleados, que se encontraban en baja médica de larga duración cuando fueron despedidos en diciembre de 2022, obedece al cambio en la consideración de enfermedad que supone la ley 15/2002. Esta recoge el derecho de toda persona a la igualdad de trato y no discriminación, con independencia de una serie de supuestos incluida la condición de salud.

"Nadie puede ser discriminado por estar enfermo"

"Nadie puede ser discriminado por estar enfermo", ha señalado Payo, que ha indicado que el Juzgado de lo Social número 1 de Toledo ha recogido en su fallo que estos despidos son nulos porque entiende que "la única causa de los mismos es la enfermedad, y no las causas económicas organizativas aducidas por esta empresa", que además es un centro especial de empleo con ánimo de lucro para personas con discapacidad.

Por su parte, Pérez ha calificado de "escandaloso" lo ocurrido en Cocemfe Toledo Servicios y ha expresado su confianza en que las tres sentencias que hoy se han hecho públicas "sirvan para desincentivar a las empresas que piensan que la enfermedad puede ser un elemento que les permita quitarse trabajadores de encima porque ello les puede acarrear un gasto brutal".