Impuestos, documentación, deudas, herencias sin testamentos, quiénes son los herederos, donaciones realizadas… No son pocas las cuestiones a tener en cuenta a la hora de gestionar y recibir una herencia. Cuando los ciudadanos se enfrentan por primera vez a la gestión de este tipo de trámites se pueden dar equivocaciones que, de no subsanarse a tiempo, pueden suponer un agravio económico para los herederos. El portal, reclamador.es, ha identificado los errores más comunes que se cometen al gestionar una herencia, para que los usuarios los tengan en cuenta llegado ese momento.

Plazos para pagar los impuestos

Los herederos deben tener en cuenta que existe un plazo fijado en la ley para liquidar el impuesto de sucesiones. Este plazo es de 6 meses y empieza a contar desde el momento del fallecimiento del causante. Existe la opción de solicitar una prórroga de otros 6 meses para poder liquidarlo, pero hay que pedirla en los 5 primeros meses. Solo hay una situación en la que los herederos no deben pagar el impuesto de sucesiones y es cuando se renuncia a la herencia de forma pura y simple. En el resto de los casos, hay que liquidar este tributo. También, si existiera una vivienda en la masa hereditaria habría que liquidar el impuesto de plusvalía municipal.

El plazo para pagar la plusvalía municipal cuando se produce por «mortis causa» es, igualmente, de 6 meses desde el fallecimiento del causante -si la plusvalía se paga por donación o venta el plazo es de 30 días-. Por todo esto, cuanto más se tarde en empezar a gestionar una herencia, menos días tendrán los herederos para pagar los impuestos que implica heredar.

También se heredan las deudas

Es posible que la aceptación de la herencia conlleve deudas que el heredero deberá asumir como propias una vez se acepte y reparta la herencia. Pese a que los notarios informan de estos hechos, los sucesores pueden ahorrarse tiempo y dinero si se asesoran bien y pueden decidir o bien aceptar la herencia a beneficio de inventario o, incluso, renunciar a la misma.

Cómo se reparte una herencia

Un error muy habitual al enfrentarse al reparto de una herencia es pensar que a cada heredero forzoso le corresponde un tercio de la herencia. Esta es una de esas “leyendas urbano-jurídicas” erróneas. La herencia se divide en tres tercios, uno de ellos reservados para los herederos forzosos (la legítima). Si son varios herederos, ese tercio de la herencia se divide entre cada heredero. 

Cómo afectan las donaciones en las herencias

Sí, las donaciones afectan de una u otra manera en las herencias y este hecho es muy desconocido. El artículo 1035 del Código Civil dice que “El heredero forzoso que concurra, con otros que también lo sean, a una sucesión deberá traer a la masa hereditaria los bienes o valores que hubiese recibido del causante de la herencia, en vida de éste, por dote, donación u otro título lucrativo, para computarlo en la regulación de las legítimas y en la cuenta de partición”.