El Consejo de Ministros, a propuesta de la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, y del ministro de Cultura y Deporte, Miquel Iceta, ha acordado remitir a las Cortes Generales el Proyecto de Ley del Cine y de la Cultura Audiovisual, así como solicitar su tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia.

Entre las principales novedades del texto, que se contempla dentro del ‘Plan España, Hub Audiovisual de Europa’ y pretende adaptar la normativa a los avances y transformaciones que ha experimentado el sector en los últimos años, alineándose con la normativa europea en la materia, destacan las ayudas a la producción de series o la conversión de la Filmoteca Española en Bien de Interés Cultural.

Además, se mantiene la definición de productor independiente de la anterior Ley de Cine, aprobada el 28 de diciembre de 2007, uno de los puntos calientes de la nueva normativa, ya que los propios productores independientes se sintieron perjudicados por cómo había sido definida esta labor en la Ley Audiovisual aprobada el pasado mayo.

En aquel momento, una enmienda de última hora del PSOE establecía que "las televisiones o cualquier otro operador" podía producir contenidos dentro de la cuota obligatoria reservada hasta ahora a la producción independiente si trabajaba para otro operador, un regate que no gustó nada a los responsables de que el cine español haya brillado en 2022, con éxitos como Alcarràs o Cinco lobitos.

El nuevo reglamento también incorpora ayudas para películas independientes que se estrenen directamente en plataformas; crea el Consejo Estatal de la Cinematografía y la Cultura Audiovisual para que ejerza como árbitro en cuestiones controvertidas relacionadas con la industria y para promover la educación audiovisual y la colaboración entre los sectores público y privado; y exige a los exhibidores una mayor cuota de pantalla para el cine iberoamericano.

Además, el texto busca proteger con mayor cuidado los derechos de propiedad intelectual, por lo que las plataformas de streaming deberán hacer públicos los datos de consumo de sus productos. También se pretende fomentar la igualdad de género, la accesibilidad para personas con discapacidad y el respeto al medio ambiente.

La norma, por tanto, pretende impulsar y fomentar la producción, distribución y exhibición de obras audiovisuales; además de establecer tanto condiciones que favorezcan su creación y promoción, como medidas para la protección y difusión del patrimonio cinematográfico y audiovisual español.

Tiene, además, la nueva ley la intención de garantizar la defensa de la competencia en el mercado audiovisual y la transparencia de la información sobre asistencia y visionados de las obras audiovisuales.

En el título de la ley se ha incorporado el concepto de ‘cultura audiovisual’ junto al de ‘cine’, por lo que el texto entiende que la actividad cinematográfica y la actividad audiovisual constituyen una única unidad. Por lo tanto, se deja constancia, ya en el título, de la intención de ampliar el campo de acción normativa al audiovisual en su conjunto, aunque "sin perjuicio de que la actividad cinematográfica continúe manteniendo un especial nivel de atención y protección".

Apoyar todas las fases de creación y promocion

De forma general, el proyecto de Ley subraya la necesidad de ayudas públicas capaces de impulsar todos los aspectos del audiovisual. Se considera necesario apoyar todas las fases de creación y promoción de un proyecto (escritura, desarrollo, pre-producción, distribución...), así como se incide en apoyar también la exhibición; la internacionalización; la organización de festivales, premios, mercados y eventos profesionales; los proyectos de investigación, alfabetización cinematográfica y audiovisual y creación de audiencias; las actividades de formación; los nuevos formatos, nuevas tecnologías y actividades de I+D+i; o la conservación del patrimonio.

También como novedad, la Ley considera que el Fondo de Protección a la Cinematografía y al Audiovisual reservará siempre un porcentaje significativo de su dotación exclusivo para la actividad cinematográfica, aunque incluya otras formas audiovisuales, como series.

Diversidad, igualdad y accesibilidad

El fomento de la cinematografía y el audiovisual en lenguas oficiales distintas del castellano se amplía a las lenguas reconocidas estatutariamente por las CC.AA. Para el reconocimiento de la nacionalidad española se incluyen no solo las lenguas oficiales, sino también por primera vez, estas lenguas, así como las lenguas de signos españolas reconocidas legalmente. Se incluye, adicionalmente, como requisito para obtener la nacionalidad, el respeto a la jurisdicción y a la legislación española en materia de propiedad intelectual.

En lo referente al apoyo a las salas de cine, todas las salas cinematográficas podrán acceder a las ayudas a la exhibición, aunque se mantendrá la especial atención a las salas independientes o de núcleos rurales.

El proyecto de Ley presta especial atención a la igualdad real entre hombres y mujeres, a través de reservas específicas en las dotaciones de las distintas

líneas de ayudas.

Por ejemplo, la reserva del 35% de la dotación de ayudas a producción reservada a mujeres a través de las órdenes de ayudas, pasa ahora a ser una obligación recogida en la Ley que deberán cumplir todas las ayudas a producción. Adicionalmente, se incluye que el ICAA a través de la Filmoteca Española, adoptará iniciativas destinadas a visibilizar la producción y el papel de las mujeres en el patrimonio cinematográfico y audiovisual español.

También se mantiene la cuota de pantalla (el porcentaje que los exhibidores han de reservar a cine nacional y europeo): pasa de un 25% a un 20%, e incluye cine latinoamericano y cine dirigido por mujeres.

La Ley protege también a los colectivos con dificultades de acceso por discapacidad. Será requisito para acceder a las ayudas de largometrajes y distribución la incorporación de sistemas de accesibilidad. Las empresas que aspiren a ser beneficiarias de ayudas públicas deberán cumplir con la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad, en el caso de que les sea aplicable.

También se incluye la obligación de cumplir con las condiciones de accesibilidad universal en la exhibición cinematográfica, al tiempo que plantea una mejora en la Filmoteca Española en la accesibilidad para la difusión de las obras cinematográficas.

Protección del patrimonio audiovisual

La Ley, asimismo, incide en la importancia de la protección y difusión del patrimonio cinematográfico y audiovisual. Para ello, se modifica la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español para incluir expresamente el Patrimonio Audiovisual y Cinematográfico como integrante del Patrimonio Histórico Español.

La Filmoteca Española se califica como Bien de Interés Cultural (BIC). Además de contemplar la creación de ayudas específicas para la conservación del patrimonio audiovisual, determina que los beneficiarios de ayudas públicas deberán entregar a Filmoteca Española los materiales necesarios para la mejor conservación del patrimonio.

El Consejo Estatal de la Cinematografía y la Cultura audiovisual

En favor de la cooperación público-privada, se recoge la creación del Consejo Estatal de la Cinematografía y la Cultura audiovisual, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la Ley.

Se trata de una herramienta para el diálogo, la comunicación y la cooperación en el ámbito de la cinematografía y la cultura audiovisual. Compuesto por representantes de asociaciones y organizaciones de los sectores, de la administración estatal, autonómica y local, y vocales de reconocido prestigio, abordará cuestiones de políticas públicas, alfabetización audiovisual o patrimonio, entre otras.

Entre sus funciones, se añaden en este proyecto de Ley las de impulsar mecanismos de conciliación, mediación y arbitraje para la propuesta de acuerdos y solución de controversias, entre otras.

Por otro lado, se incluye la declaración por parte de las prestadoras del servicio de comunicación audiovisual (plataformas) de los datos de visionado de obras audiovisuales, al igual que hacen las salas de exhibición.

En esta segunda vuelta se ha concretado que la posterior regulación reglamentaria del sistema será la que determine los ámbitos temporal, geográfico y de volumen de negocio para aportar los datos de visionados, y que se llevará a cabo a través de una comisión en la que participará, junto con el ICAA, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.