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Sociedad

Ayudas a 124 familias para compensar la caída de recursos obtenidos con el Ingreso Mínimo Vital frente a la Renta Garantizada de Ciudadanía

29 octubre, 2020 13:58

El objetivo de esta nueva concesión directa es compensar la reducción de la ayuda económica que han percibido los ciudadanos de la Comunidad que carecen de recursos para cubrir sus necesidades básicas de subsistencia. La cuantía que corresponde a cada persona beneficiaria de esta subvención, resulta del cálculo de la diferencia entre el importe que tenía reconocido con anterioridad a la suspensión de la Renta Garantizada de Ciudadanía y el de la prestación estatal de Ingreso Mínimo Vital que le ha sido reconocido, según datos facilitados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

A su vez, el perjuicio económico que se pretende reparar mediante esta subvención, consiste en que los beneficiarios no alcancen el nivel de ingresos que en la normativa autonómica se considera como suficiente para atender sus necesidades básicas de subsistencia. Por ello, el importe total para cada beneficiario es el resultado de multiplicar el importe de la diferencia entre prestación estatal y autonómica por el número de meses que haya estado suspendida la Renta Garantizada de Ciudadanía por esta causa, realizándose dicho abono en dos pagos, uno al mes, siempre que no existan otras alteraciones en las circunstancias socio económicas de los beneficiarios. Esto se está repitiendo mensualmente desde el mes de junio a la espera de la aprobación de la ley que habilite la citada compatibilidad.

Con fecha 1 de junio de 2020 se publicó en el BOE del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el Ingreso Mínimo Vital, que se configura como una prestación económica en su modalidad no contributiva, destinada, al igual que la Renta Garantizada de Ciudadanía, a aquellas personas que se encuentren en una situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas.

Teniendo en cuenta que la Renta Garantizada de Ciudadanía tiene carácter subsidiario y que además es incompatible con la percepción del Ingreso Mínimo Vital, por ello, se ha tramitado la ley con carácter de urgencia que modificará la normativa actual, con el fin de permitir que aquellos beneficiarios de Renta Garantizada de Ciudadanía a quienes se les reconozca el Ingreso Mínimo Vital por un importe inferior a lo que percibían de Renta Garantizada de Ciudadanía puedan compatibilizar ambas prestaciones siempre que cumplan con el resto de los requisitos exigidos en la normativa reguladora de esta prestación.

Por esta razón y pendiente de ser aprobada por las Cortes de Castilla y León la ley que modifique la normativa reguladora de Renta Garantizada de Ciudadanía que permita compatibilizar la percepción de ambas prestaciones, la estatal y la autonómica, se ha tenido que suspender de acuerdo a la normativa actual el pago de esta prestación a esas unidades familiares a las que se las ha reconocido el Ingreso Mínimo Vital. Debido a esa circunstancia se hace necesario compensar económicamente a estas personas por las pérdidas producidas como consecuencia del reconocimiento de la prestación estatal del IMV.

La Renta Garantizada de Ciudadanía es un derecho subjetivo implantado hace 10 años en Castilla y León y garantizado por Ley, del que se han beneficiado una media de 15.000 familias cada año, destinándose aproximadamente una partida anual de 60 millones de euros.