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Minuto de oro

Manifestación feminista en Madrid

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La violación y el abuso sexual están enfrentados entre sí por culpa de un Código Penal alejado de los nuevos tiempos. A estas alturas de la vergüenza más obscena se hace insoportable que en España aún estemos flirteando con la interpretación del ataque a las mujeres.

Dudo mucho que en los casos en donde intervienen las violaciones grupales o individuales las víctimas presten su consentimiento para ser violadas, humilladas y maltratadas. Si el NO es NO por parte de las agredidas, entonces solo cabe la interpretación de un delito de agresión sexual en toda regla. El resto es pura terminología jurídica que se ciñe al dictado de las clases políticas según precio de gobierno e ideología de cada momento. Lo cierto es que en 1995 el PSOE cambió el Código Penal y el delito de “violación” pasó a ser “agresión sexual” o “abuso sexual”. Con ello aumentó el desamparo de las víctimas en favor de la disminución de condenas hacia los agresores. De manera que según el art. 181 del Código Penal, una vez reformado por el PSOE, nos viene a decir lo siguiente:

1. El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.

2. A los efectos del apartado anterior, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto.

De tal manera que después de eliminar el término de “violación” si la mujer violada está inconsciente y no ofrece resistencia se entiende que no hay violencia y al no haber violencia sus agresores son condenados por abuso sexual. Toda una irracionalidad.

La deriva de ciertos acontecimientos, terribles y canallas como son el atacar en manadas la intimidad de una persona, ya sea hombre o mujer, nos aproxima a la responsabilidad individual que nos compete a cada ciudadano frente a las urnas. Las leyes hay que respetarlas, faltaría más, pero no cabe supeditarlas a la realidad de una interpretación unívoca en donde el tiempo después demuestra cuán equivocadas son ciertas sentencias condenatorias. Por eso las leyes hay que adecuarlas en función de los contextos en que una sociedad se desenvuelve, de tal forma que el veredicto siempre estaría ajustado en favor de la víctima sin causarla a ésta mayores humillaciones. La justicia también saldría reforzada y con mejor crédito del que ahora tiene.

No olvidemos que la indefensión a la que una víctima se enfrenta después de una agresión sexual no lo es solo en cuanto al veredicto de una sentencia judicial, -a menudo de injusto resultado como venimos comprobando-, sino lo que subyace de las postreras secuelas: disminución de la autoestima, trastornos de estrés postraumáticos, cambios de personalidad, desconfianza y recelo hacia los demás, alteraciones de la vinculación afectiva, ansiedad o depresión e incluso intentos de suicidio, entre otras tantas derivaciones físicas y mentales, bien temporales o permanentes.

La vida de las personas, así como su dignidad, al igual que el respeto, son bienes inviolables que nunca deben ser interpretadas por una ley simplista al albur de esta o aquella justificación supremacista, si no es para castigar con rigor al canalla causante de la vileza más mezquina. De lo contrario estaremos ante la subjetividad de condenar unos hechos tan ignominiosos como arbitrarios en donde el amparo se pone del lado del miserable. Por supuesto que hay que ponderar cada caso en particular, pero la gravedad de los hechos obliga a actuar con definida autoridad llamando a las cosas por su nombre. Mientras el Código Penal español diferencia entre el abuso sexual y la agresión sexual -mejor llamarlo violación- en la que se requiere violencia o intimidación, en Francia o Alemania ya no contemplan la necesidad de violencia expresa para considerar que existe violación. Esa es la cuestión y la sustancial diferencia.

Pero aquí en España parece que las prioridades son las de seguir en la vigilia del artificioso buenismo, las progresías y las proporcionalidades, mientras siguen los abusos que violan, los abusos que matan, los abusos de poder que corrompen, los abusos de confianza que delinquen y los abusos de autoridad que progresan adecuadamente. Hasta aquí mi minuto de oro.