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Ante cualquier duda que surja en un ámbito de trabajo, hay que acudir a la ley laboral. Es decir, en el caso de España, habrá que comprobar lo que dice el Estatuto de los Trabajadores, encargado de regular las relaciones entre empleado Vs empleador.

Sobre todo, cuando por desgracia, surgen problemas en el ámbito laboral. En este sentido, el peor momento que ambas partes pueden vivir es un despido, y más si ha sido declarado improcedente. Es decir, se ha acabado con un contrato laboral sin una buena justificación.

Un despido puede ser declarado improcedente cuando la empresa no acredita una causa justificada para proceder con el mismo (cuando faltan pruebas o el hecho alegado es insuficiente) o cuando no cumple los requisitos formales (si por ejemplo no hay carta, ni preaviso, ni 'finiquito').

El artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores establece que, cuando se estime que hay un despido improcedente, le corresponde al empresario "en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a treinta y tres días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de veinticuatro mensualidades".

¿Qué opciones existen después de un despido improcedente?

Como añade el art. 56.1, si el empresario elige pagar una indemnización, se "determinará la extinción del contrato de trabajo, que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo".

En la otra cara de la moneda, si se elige por una readmisión del trabajador, este tendrá derecho a cobrar los salarios de tramitación.

En otras palabras, significa que el empleado deberá cobrar "una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo", dice el 56.2.

Si se pasan estos cinco días que tiene de plazo el empresario para decidir, se entiende que opta por readmitir.

Supuestos especiales

Para el caso de que el despedido fuera un delegado sindical o un representante de los trabajadores, la norma general cambia.

Será este quien pueda elegir su futuro, si quiere reincorporarse a la empresa o prefiere cobrar la indemnización. Eso sí, en todo caso tendrá derecho a cobrar los salarios no percibidos desde el despido a la notificación de la sentencia o hasta encontrar un nuevo trabajo.

Igual que pasaba con el empresario, si no se decanta por ninguna opción, reina siempre la elección de la readmisión.

La ley laboral es compleja, por eso y siempre antes de tomar cualquier decisión que pueda poner en compromiso tu futuro como empleado o el de la empresa, conviene revisar tus derechos y obligaciones en esta norma.