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Hay momentos en la vida que, por mucho que sepamos que tenemos que atravesar, duelen demasiado.

Y es que la pérdida de un familiar o pareja es, por sí misma, un golpe emocional muy duro.

Si a eso se suma que el fallecido no dejó testamento, la ley decide quién hereda, lo que puede generar sorpresas desagradables, sobre todo para el cónyuge que sobrevive.

En medio del duelo, pocas familias piensan en papeleos o en cómo se dividirá el patrimonio.

Muchas personas, en especial las más jóvenes, posponen hacer testamento porque creen que aún no les hace falta. Los notarios, sin embargo, insisten en que este documento previene conflictos y ahorra problemas a los herederos.

Entre las preguntas más comunes en las notarías destacan: ¿quién hereda si no hay testamento?, ¿qué derechos tiene el viudo o viuda? y ¿quién tiene prioridad en la sucesión?

¿Para qué sirve un testamento?

El testamento es el instrumento legal con el que una persona decide cómo quiere que se distribuyan sus bienes tras su muerte, respetando los límites que marca la normativa. Sirve para ordenar la sucesión, reducir roces familiares y ajustar el reparto a los deseos del testador.

Aunque existe la idea de que solo hace falta tener mucho patrimonio o cierta edad, los expertos subrayan que puede hacerse en cualquier momento y modificarse cuantas veces sea necesario, siempre que la persona mantenga su capacidad legal.

La función del notario

Los notarios intervienen en operaciones clave como la compra de inmuebles, la creación de empresas, las donaciones o la redacción de testamentos.

Su labor es ofrecer asesoramiento jurídico neutral, velar por el cumplimiento de la ley y aportar seguridad a los ciudadanos.

María Cristina Clemente Buendía, notaria en Alicante y responsable de la Notaría Buendía, utiliza las redes sociales para responder a las dudas más recurrentes de sus seguidores.

En uno de sus últimos vídeos se centra en una cuestión habitual: ¿qué pasa si alguien muere sin testamento y deja cónyuge?

La notaria señala que este tipo de casos son muy habituales en su despacho. De hecho, comenta que "ha vuelto a pasar" que parejas acuden convencidas de tenerlo "tan atado y bien atado", pero descubren que la ley establece un reparto muy distinto al que esperaban.

El ejemplo más frecuente, explica, es el de un matrimonio sin hijos que adquiere una casa juntos y paga la hipoteca al 50%. Ambos suponen que, si uno muere, el otro se quedará automáticamente con la vivienda entera.

La realidad jurídica, en la mayor parte de España, es otra. Si no hay descendientes, los padres del fallecido (o, en su ausencia, los abuelos) se convierten en herederos forzosos y, por tanto, en herederos universales si no existe testamento.

La situación se complica aún más cuando nunca se hizo testamento. En ese caso, advierte Clemente Buendía, "esos padres y ascendientes heredan todo", mientras que "la legítima del viudo o de la viuda se reduce a la mitad de la herencia y solo en usufructo".

Cómo evitarlo

Para prevenir estos escenarios, la notaria insiste en la importancia de testar. Con testamento, el reparto puede ser muy diferente al de la sucesión intestada.

En concreto, el testador puede "dejar a tu cónyuge dos terceras partes en plena propiedad de tu herencia". Así, el superviviente mantiene la mitad de la vivienda que ya era suya y recibe una parte mayor de la herencia.

Además, el cónyuge podría cumplir la legítima de los padres, que con testamento se reduce a un tercio de la herencia, "de la forma que mejor le convenga", lo que facilita preservar el patrimonio familiar y evita futuros conflictos entre herederos.