Alicante

El intendente de la Policía Local de Novelda, Rafa Sarrió, reconoce que, en su dilitada trayectoria profesional, esto no le había pasado nunca. El resumen es el siguiente: una octogenaria olvida en la calle un álbum de fotos antiguo; un empleado de Correos se lo encuentra y lo entrega a los municipales. Los agentes, para averiguar a quién pertenece, descubren 10.215 euros en su interior bien escondidos, se lo comunican al buen ciudadano y este les recuerda que le pertenece el 5% del total en base a un artículo del Código Civil que, escrito hace más de un siglo, dejaba en manos del Ayuntamiento la obligación de hacer la entrega. Así que, unos días después, allí estaban en el consistorio el alcalde de la localidad, Fran Martínez Alted, la secretaria municipal y el joven de Correos para levantar dos actas que dieran fe de la recompensa entregada

Los hechos se remontan a hace dos viernes, cuando al funcionario de Correos le llama la atención un álbum de fotos tirado en la calle. No es un álbum cualquiera, su mal estado, calificado de "cochambroso" por el responsable policial, hubiese llevado a cualquier otro ciudadano "a ignorarlo o tirarlo a la basura". Pero él, seguramente tras echarle un rápido vistazo, decide obrar bien y lo entrega en la jefatura policial. 

Allí los agentes se ponen a ver las fotos a ver si reconocen a algún vecino o vecina de esta localidad de 26.000 habitantes, percatándose de que las instantáneas son "de hace 20 o 30 años". Pero eso no les impide reconocer una cara, la de una anciana de Novelda con problemas mentales y a la que creen que podría pertenecer el álbum. El caso parecía resuelto.

El intendente Rafa Carrió.

Sin embargo, uno de los policías descubre algo más: "Solo mirando bien sí que te dabas cuenta de que había una determinada holgura entre las páginas de las fotos". Así, descubrieron que entre la mayoría de las imágenes había oculto uno o varios billetes de 50 o 100 euros. La suma total: 10.215 euros. 

Tras el hallazgo, confirman con su propietaria que es suyo y al empleado de Correos le cuentan las novedades. Para sorpresa de los agentes, ya que el intendente reconoce que nunca habían tenido un caso similar, este les comunica que le corresponde una parte del dinero como marca el Código Civil

Código Civil

El artículo 615 del Código Civil, redactado inicialmente en 1889, dicta que "el que encontrare una cosa mueble, que no sea tesoro, debe restituirla a su anterior poseedor. Si éste no fuere conocido, deberá consignarla inmediatamente en poder del Alcalde del pueblo donde se hubiese verificado el hallazgo".

"Tú piensa que antes no existía la autoridad policial y ésta recaía enteramente en el alcalde y el Ayuntamiento", explica el intendente Sarrió. Por su parte, el letrado Rafael Poveda recuerda "estos artículos existen porque se hace para que haya interés de la ciudadanía que encuentra un bien en devolverlo, dándole un premio o recompensa".

De hecho, es más habitual de lo que se cree este tipo de situaciones, añade Poveda. "Pero no en todos los casos acaba en gratificación", esgrime. Por ejemplo, los Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, vigilantes o guardas de seguridad, están en la obligación de devolver lo que encuentran sin esperar nada a cambio, porque está dentro de lo que comprende su trabajo. 

Pero no son los únicos. En 2017, la Audiencia Provincial de Asturias resolvió que un empleado de Carrefour no tenía derecho a recompensa, como demandaba, por haber encontrado en un carro del parking una bolsa con dinero de un cliente porque era "su deber profesional evitar las pérdidas o extravíos".

Junto al 615 está el artículo 616, que dice que "si se presentare a tiempo el propietario, estará obligado a abonar, a título de premio, al que hubiese hecho el hallazgo, la décima parte de la suma o del precio de la cosa encontrada. Cuando el valor del hallazgo excediese de 2.000 pesetas, el premio se reducirá a la vigésima parte en cuanto al exceso". 

Así que al trabajador de Correos se le ha hecho entrega de 510,75 euros. ¿Qué hubiera pasado si no enterga el álbum? Como recuerda el letrado Poveda, el artículo 253 del Código Penal refleja se expone a penas de tres a seis meses y si fuera menos de 400 euros, de uno a tres meses, "pero no de pena privativa de libertad, sino de sanción económica".

Por su parte, la Policía de Novelda ha decidido no indagar sobre el origen del dinero que escondía la mujer por su mal estado de salud, ya que si bien esta les ha dicho que es parte del premio de la lotería, al cuerpo "hay cosas que no nos cuadran".

Por otro lado, a los agentes y al Gobierno local les ha servido este curioso caso para darse cuenta de que, ante la ausencia de una normativa nacional de entrega de objetos perdidos, van a redactar una ordenanza para que todo el pueblo conozca no solo sus obligaciones, sino también sus derechos

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