Alicante

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha ordenado que se reabra la investigación judicial contra cuatro trabajadoras de la Conselleria de Igualdad. La intención es aclarar si supuestamente abandonaron o dejaron desprotegida a la menor que fue víctima de abusos sexuales por parte del condenado por ese caso Luis Eduardo Ramírez, exmarido de la titular de este departamento y vicepresidenta de la Generalitat, Mónica Oltra.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ratificó la sentencia a Ramírez de cinco años de prisión. En esta se consideraba probado que había abusado de la menor tutelada que residía en el centro en el que trabajaba como educador social. La cuestión que venía con ello era, ¿cómo pudo suceder estando bajo tutela?

Ese es el punto por el que la víctima, que entonces tenía 14 años y ahora ya es mayor de edad, presentaba el pasado 18 de mayo una denuncia contra la directora territorial de Valencia de la Consellería de Igualdad, la directora del centro de acogida, la psicóloga de la sección del menor de la dirección territorial y una funcionaria de la misma Conselleria que instruyó un expediente interno.

A estas personas se las investigará por supuesto delito de abandono y omisión de los deberes de guardia y custodia. El auto del TSJCV, al que ha tenido acceso Efe, ofrece un "sucintísimo" resumen de los hechos por los cuales se ordena la reapertura de la investigación.

"Victimizaron a la niña" 

Febrero de 2017. Una niña de 14 años de edad, bajo la tutela de la Generalitat, "puso en conocimiento de las responsables del centro donde estaba acogida que estaba siendo objeto de abusos sexuales por parte de un educador del centro". En la denuncia, esta joven expuso que responsables del centro de acogida, psicólogas, funcionarias y altos cargos de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas "tuvieron conocimiento de los abusos en febrero de 2017 y durante varios meses omitieron su deber de denunciar".

El relato de la Audiencia señala el calvario que sufrió a partir de ahí. "En lugar de ello, victimizaron a la niña, desacreditándola mediante argumentos ad hominen y ataques personales", indican. Y así pasaron meses, hasta que en junio de ese mismo año, "cuando la niña contó a la Policía que estaba siendo abusada, intentaron que no le dieran crédito y realizaron una especie de investigación parajudicial de la que no informaron a la Fiscalía de Menores con el único propósito de desactivar la denuncia".

"Ocultaron información"

El auto de la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia añade que, "para ello, derivaron a la niña tutelada a un centro psicológico privado que elaboró un informe ad hoc; ocultaron esa 'información reservada' durante dos años y la destaparon a los pocos días de terminar el juicio".

En este punto explican que "aplicaron un protocolo de abusos que elaboró ex post el propio abusador de acuerdo con la directora del centro y permitieron que durante todos esos meses abusador y víctima convivieran en el mismo centro".

El archivo provisional

Pese a este relato de los hechos, la Fiscalía consideró entonces que la trascendencia penal de los hechos "pasaba por la previa existencia de encubrimiento" por parte de las denunciadas y reclamó testimonio de la sentencia sobre el abusador a la sección segunda.

El ministerio público ya avanzó que, en caso de no ser firme la sentencia, pediría el archivo provisional, "hasta que se dispusiese de un relato fáctico sobre la conducta del condenado que pudiese considerarse inamovible, y por ello base para la valoración de la conducta de las denunciadas".

Y así sucedió este pasado octubre. El Juzgado de Instrucción número 15 hizo suya la posición del fiscal y decretó el sobreseimiento provisional de las presentes actuaciones. En él se estimaba que no había quedado acreditada la perpetración del delito.

El recurso

La denunciante recurrió este archivo provisional e informó a la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de que la sentencia fue confirmada por el TSJCV el pasado mes de septiembre, "siendo así inamovibles los hechos probados en ella declarados".

La clave de este recurso que planteaba la joven era separar la cuestión de la atención administrativa respecto de lo que pudiera suceder con Ramírez, condenado por abusos. "En cualquier caso, la denuncia no debe depender de las vicisitudes que pueda seguir la condena del educador objeto de aquel procedimiento, estimando que los hechos denunciados resultarían punibles aun cuando dicho señor fuese finalmente absuelto".

La reapertura

Los magistrados de la Sección Cuarta han atendido estos motivos y exponen que "los hechos denunciados en este procedimiento son distintos de los imputados en el anterior procedimiento, se dirige contra personas distintas".

Y por ello, "los hechos relatados en la denuncia -inaplicación de los protocolos de actuación institucional en casos de sospecha de abusos sexuales a menores e incumplimiento de su deber de custodia y del deber de denunciar los delitos de que tengan noticia- pueden ser constitutivos de delito".

Todo ello sin perjuicio, añade el auto de la Audiencia recogido por Efe, de que "los restantes hechos denunciados -creación ad hoc de un informe psicológico paralelo y parajudicial deslegitimador de su testimonio- puedan, asimismo, ser constitutivos de los delitos que por la recurrente se denuncian". 

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