Alicante

Un hombre de 38 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a seis años de prisión por intentar matar a otro de un navajazo en el cuello. La víctima había tratado de mediar en las amenazas que el procesado estaba profiriendo a la empleada de un bar, durante una disputa por el asalto a su casa.

El choque entre ambos se produjo la tarde del 22 de septiembre del año pasado. Aquel miércoles, sobre las 19:45 horas, estaban discutiendo a viva voz el acusado y la empleada del establecimiento. Según la sentencia que recoge Efe, este llegó a las "amenazas de muerte".

La víctima, que estaba en la terraza de un bar próximo junto a su mujer y sus hijos, trató de calmar al acusado. Su propia esposa lo había intentado ya sin éxito y él se dirigió para intentar apaciguar el enfrentamiento. El tribunal de la Sección Segunda considera probado que el condenado respondió de forma violenta.

De un salto, se abalanzó sobre la víctima y le clavó en el cuello una navaja de siete centímetros de hoja. El agredido, su mujer, la empleada del bar y los policías declararon en el juicio que, tras asestar la puñalada, el acusado seguía profiriendo amenazas con expresiones como "te mato, hijo de puta".

Ante la Policía

La agresión fue presenciada por dos agentes de la Policía Nacional, que habían escuchado los gritos y llegaron a ver cómo se produjo el suceso. Así pudieron impedir que fuera a mayores y le detuvieron. La sentencia considera al acusado responsable de un delito de homicidio intentado, y no como autor de un delito de lesiones, como planteó su defensa, al apreciar que actuó con "voluntad de matar".

Esta acción la considera probada el tribunal por la forma en que se produjo el apuñalamiento. Según explican, la trayectoria descendente con entrada "de arriba abajo" demuestra que el procesado trató de causar la muerte. De hecho, subrayan que para conseguirlo, el detenido se vio forzado a saltar para clavar la navaja en un punto vital, dada la diferencia de estatura entre él y su víctima, de cerca de dos metros de altura.

Por ello, concluye que "tales datos, que consideramos acreditados, valorados de forma conjunta, solo justifican la apreciación del animus necandi, es decir, que el acusado intentó quitar la vida" a la víctima, "lo que no consiguió por circunstancias ajenas a él".

Sin atenuantes

La defensa alegó que el acusado estaba bajo los efectos de las drogas para así conseguir un atenuante en la sentencia. Un factor que el tribunal descarta puesto que durante el juicio "no se acreditó que el día de los hechos el acusado estuviera afectado por su adicción". De hecho, la sentencia añade, para descartar la posibilidad de que actuase bajo los efectos del consumo de drogas, que "en la asistencia médica recibida tras la detención, nada se refleja sobre un posible consumo de estupefacientes".

La resolución judicial solo concreta que el procesado "se encontraba muy violento por un problema que había tenido al haber desvalijado su casa unas personas, entre las que él creía que se encontraba el hermano" de la empleada del bar a la que había increpado antes de apuñalar a la víctima.

Por todo ello, el tribunal impone al acusado una pena de seis años de privación de libertad, además de la prohibición de aproximarse a la víctima durante otros siete años, así como fija el pago de una indemnización de 400 euros para resarcir el daño generado por las lesiones. La sentencia es recurrible ante la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de diez días posterior a su notificación.

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