Alicante
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La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede en Elche, ha impuesto condenas a nueve de las 33 personas procesadas en la causa principal del conocido Caso Brugal. Esta parte del caso se centraba en las presuntas irregularidades durante la adjudicación del contrato de recogida de residuos y limpieza viaria en Orihuela.

Se trata de la segunda resolución dictada por la misma Sala respecto a este procedimiento. La primera, emitida en 2020, fue anulada en 2024 por el Tribunal Supremo, que estimó el recurso de casación de la Fiscalía y restableció como válidas varias diligencias de investigación —como escuchas telefónicas y registros domiciliarios— que habían sido invalidadas inicialmente.

Los nueve condenados son la exalcaldesa de Orihuela entre 2007 y 2011, Mónica L.R.; los exconcejales Antonio R.M., Manuel A.M. y Ginés S.L.; el exinterventor municipal José Manuel E.F.; el empresario Ángel F.P., propietario de Colsur SL y Proambiente SL; su hijo Antonio Ángel; y dos colaboradores, Francisco Javier B.G. y Ángel Luis B.P.

Todos ellos se han beneficiado de la aplicación de la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. A Mónica L.R. y Antonio R.M. se les ha impuesto una condena de cuatro meses de prisión y 20 meses de inhabilitación por prevaricación en concurso con un delito de fraude.

Manuel A.M. deberá pagar una multa y cumplir cinco meses de prisión por negociaciones prohibidas a funcionario público y revelación de secretos. En el caso de Ginés S.L., la pena es de un año de cárcel y multa por prevaricación, fraude y cohecho pasivo. Por este último delito también ha sido condenado a ocho meses de prisión José Manuel E.F.

El empresario Ángel F.P. ha recibido la pena más alta: tres años y nueve meses de cárcel por tres delitos de cohecho (uno continuado), prevaricación con fraude, uso de información privilegiada y extorsión. Su hijo, Antonio Ángel, ha sido sentenciado a un año de prisión por cohecho y uso de información privilegiada. Francisco Javier B.G. ha sido condenado a ocho meses por extorsión y prevaricación con fraude, mientras que Ángel Luis B.P. deberá cumplir cuatro meses por uso de información privilegiada.

Además, la sentencia —que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo— ordena a cinco de los condenados (Mónica L.R., Ángel F.P., Francisco Javier B.G., Antonio R.M. y Ginés S.L.) indemnizar de forma solidaria al Ayuntamiento de Orihuela con casi 600.000 euros, además de la cantidad que determine un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Elche en otro procedimiento.

Los otros 24 procesados, entre ellos el exalcalde José Manuel M.C. y varios exconcejales, han resultado absueltos.

El juicio oral del Caso Brugal se celebró entre marzo y diciembre de 2019, con un total de 58 sesiones. Los hechos juzgados ocurrieron entre 2000 y 2008, cuando el contrato de recogida de basuras fue finalmente adjudicado a la UTE Orihuela Capital de la Vega Baja —integrada por Sufi SL, Liasur SL y Gobancast SL— bajo un gobierno municipal del Partido Popular.

El Tribunal considera probado que el Pleno del Ayuntamiento, en noviembre de 2007, declaró desierta de manera arbitraria la licitación anterior, siendo plenamente conscientes tanto la alcaldesa como sus concejales del carácter ilegal de dicha decisión. Según la Sala, ese acto formaba parte del acuerdo ilícito entre los cargos públicos y el empresario Ángel F.P. y su colaborador Francisco Javier B.G., que permitió mantener la prestación del servicio de basuras sin contrato y generó un importante perjuicio económico y reputacional para el consistorio.

La sentencia, de más de 500 páginas, también describe cómo varios responsables políticos proporcionaron al empresario información confidencial sobre la contratación municipal, así como las dádivas económicas entregadas a determinados concejales como compensación por sus favores.