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El uso del dinero en efectivo seguirá estando fuertemente limitado en España durante 2026, pese a los cambios que prepara la Unión Europea.

Bruselas prevé que el próximo año entre en vigor un límite común de 10.000 euros por operación en metálico para todos los Estados miembros, una medida que busca armonizar la lucha contra el fraude fiscal en el conjunto del territorio comunitario.

Sin embargo, esa cifra no supondrá una novedad para España. La normativa nacional es desde hace tiempo mucho más restrictiva y continuará plenamente vigente el próximo año, tal y como recuerda Hacienda.

España mantiene límites más bajos que la UE

En el caso español, los pagos en efectivo están regulados por la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, una norma que fija topes claros en función de quién intervenga en la operación y que seguirá aplicándose en 2026 sin cambios sustanciales.

Cuando en una transacción participa un empresario o un autónomo, el límite máximo permitido es de 1.000 euros por operación. A partir de esa cantidad, cualquier pago debe realizarse obligatoriamente por medios bancarios, como transferencia, tarjeta, domiciliación o Bizum.

Esto afecta tanto a la compra de bienes como a la contratación de servicios, con independencia de que se trate de una gran empresa o de un pequeño profesional.

Las claves del efectivo

Afortunadamente, figuras como la notaria María Cristina Clemente Buendía, -que tiene su despacho en Alicante-, trabajan activamente desde sus redes sociales para acercar el complejo mundo notarial a la calle.

En uno de sus vídeos recientes en redes sociales, la notaria pone el foco en la normativa vigente sobre el pago en efectivo y sus límites.

En primer lugar, subraya que esta restricción no se aplica de manera universal.

La notaria aclara que "esa limitación de pagos en efectivo no se aplica a las operaciones entre particulares".

Por lo tanto, la norma solo entra en vigor y debe ser observada cuando una de las partes en la transacción interviene en calidad de empresario o profesional.

Pagos entre particulares: hasta 2.500 euros

El umbral se amplía cuando la operación se realiza exclusivamente entre particulares residentes en España y ninguna de las partes actúa como profesional. En estos casos, el límite de pago en efectivo asciende a 2.500 euros por operación.

Este supuesto es habitual en transacciones como la compraventa de un coche de segunda mano o determinados acuerdos privados. Aun así, superar esa cantidad en metálico también supone una infracción tributaria.

La normativa contempla una excepción relevante: los pagadores extranjeros no residentes pueden realizar pagos en efectivo de hasta 10.000 euros, siempre que no actúen como empresarios o profesionales. Es el único caso en el que se permite alcanzar esa cifra dentro del marco legal español.

Qué se considera pago en efectivo

Hacienda aclara que el concepto de efectivo no se limita únicamente a billetes y monedas. También incluye cheques al portador y cualquier medio de pago que no permita identificar al titular, es decir, aquellos que dificultan la trazabilidad de la operación.

Por el contrario, transferencias bancarias, pagos con tarjeta, domiciliaciones o Bizum quedan fuera de esta categoría y no están sujetos a los límites establecidos para el efectivo.

El incumplimiento de estos límites tiene consecuencias económicas importantes. Tanto quien paga como quien recibe el dinero pueden ser sancionados con una multa equivalente al 25% del importe que supere el límite legal.

No obstante, la ley contempla reducciones de la sanción e incluso la exoneración de la multa si una de las partes colabora con la Agencia Tributaria y denuncia voluntariamente la operación irregular.