Alicante

Un jurado popular ha declarado este viernes no culpable de un delito de asesinato al acusado de tirotear a un joven de 27 años en la zona norte de la ciudad de Alicante, a quien, según la Fiscalía, le descerrajó seis disparos después de enzarzarse en una discusión con él por motivos que no han quedado precisados. 

El veredicto de no culpabilidad se ha alcanzado, por lo tanto, contra el criterio del Ministerio Fiscal y ha acabado siendo de manera ajustada, por cinco votos frente a cuatro, tras los cuatro días en los que se ha desarrollado el juicio, en la Audiencia de Alicante.

En su decisión recogida por EFE, el jurado ha aplicado el principio jurídico de in dubio pro reo (en caso de duda, a favor del acusado) al albergar dudas sobre la autoría de los disparos. En esta línea, según el veredicto, las acusaciones se habrían basado en rumorología y no en pruebas fundamentadas ni respaldadas por testigos.

Pero es que la controversia también ha estado presente porque el mismo acusado, ahora en libertad, se había llegado a autoinculpar del crimen cuando se entregó a la Policía días después. Sin embargo, el jurado ha considerado que "no resulta lógico" y da más credibilidad a la declaración formulada durante el juicio, en la que afirmó todo lo contrario, es decir, negó el asesinato. 

Más allá de esta cuestión, el jurado ha apuntado contra las diligencias policiales practicadas desde el momento del suceso puesto que ha estimado que "se deberían haber abierto otras líneas de investigación" con la búsqueda de otros testigos que estuvieron presentes en el lugar del tiroteo.

De igual modo, respecto al resto de pruebas periciales, el jurado concluye que tampoco resultó positiva la de la parafina, con lo que no pudo demostrarse que el acusado fuese el autor de los disparos.

En consecuencia, el magistrado que ha presidido el tribunal ha dictado sentencia absolutoria in voce y ha anunciado el inicio de los trámites para la puesta en libertad del acusado, que permanecía en prisión preventiva desde su arresto, casi dos años.

Los hechos

Los hechos enjuiciados tuvieron lugar en torno a la 1.00 horas del 18 de noviembre de 2018 en plena calle cuando, de acuerdo con la versión sostenida por la Fiscalía, que el jurado ha considerado no probada, el acusado se encontraba en la vía pública, muy cerca del domicilio en el que residía y se encontró con la víctima. En ese momento, ambos entablaron una fuerte discusión.



Acto seguido, el procesado se dirigió hasta su domicilio en el que cogió una pistola semiautomática del calibre 7,65 milímetros que tenía el cañón modificado y para la que no tenía licencia. Después, volvió a bajar a la calle de forma apresurada para aproximarse hasta su víctima.

Según el relato del Ministerio Público, en ese momento encañonó al joven con su arma y, sin que pudiera defenderse, le descerrajó un primer disparo bajo el esternón, a los que siguieron más. El procesado se personó días después del crimen en la comisaría para entregarse. No obstante, durante el juicio, su defensa ha mantenido su inocencia y ha alegado que no existen testigos directos que hayan ratificado que vieran que el acusado efectuase los disparos.



La fiscalía por su parte solicitaba una pena de 20 años de prisión por el delito de asesinato y otros tres por tenencia ilícita de armas. La acusación particular ejercida por la viuda del fallecido solicitaba la misma pena.

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