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El Tribunal Constitucional ha puesto fin al periodo de suspensión cautelar sobre la Ley valenciana de Costas mediante la emisión de una sentencia definitiva cuyo fallo ha sido avanzado a través de una nota informativa de la institución. El pronunciamiento judicial irrumpe en un momento de máxima tensión política, en plena precampaña electoral y las Cortes Generales disueltas.

En su nota anuncia que ha estimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Presidencia del Gobierno contra la Ley 3/2025, de 22 de mayo, de protección y ordenación de la costa valenciana. La máxima instancia judicial desarticula así las herramientas autonómicas orientadas a proteger de la demolición a viviendas tradicionales situadas en el dominio público marítimo-terrestre, dejando en situación de vulnerabilidad a enclaves emblemáticos como las edificaciones de la playa de Babilonia en Guardamar del Segura o las casas de Les Deveses en Dénia.

¿Podría el Gobierno demoler mañana las históricas casas del ingeniero Mira en Guardamar del Segura? La respuesta es sí, lo que pasa es que en plena campaña electoral y tras el apoyo explícito de la Generalitat Valenciana a su conservación sería un choque institucional sin precedentes.

En la resolución del Pleno, redactada por la vicepresidenta Inmaculada Montalbán Huertas, el tribunal determina los límites competenciales entre la administración regional y la central. La sentencia concede que la Comunitat Valenciana tiene plena capacidad para proteger e inventariar el patrimonio cultural, histórico y etnológico de sus asentamientos litorales, pero deja claro que la vertiente protectora autonómica no puede supeditar ni restar facultades al Estado sobre la franja marítimo-terrestre.

La norma autonómica vulneraba esta primacía al permitir la aprobación de planes especiales con limitaciones a la demolición e integrar los inmuebles en el catálogo del patrimonio cultural valenciano, lo que en la práctica impedía al Ejecutivo estatal la ejecución de resoluciones administrativas y judiciales para la recuperación de los bienes públicos.

A raíz de este choque de atribuciones, los magistrados han declarado inconstitucionales el artículo 17 y la disposición final primera exclusivamente en su aplicación sobre el dominio público marítimo-terrestre, salvaguardando la eficacia de estos preceptos en el resto de la franja costera donde no colisionen con titularidades estatales.

Por otro lado, la disposición adicional cuarta ha sido declarada inconstitucional y nula en su totalidad por pretender crear un inventario de terrenos degradados. A juicio del órgano constitucional, atribuir a la Generalitat la potestad de identificar suelos que hayan perdido sus rasgos naturales invade la competencia exclusiva del Estado para tramitar los deslindes y decidir sobre la desafectación del dominio público.

La decisión judicial, respaldada con el voto particular discrepante de cuatro magistrados, ha obtenido una respuesta inmediata por parte de la Generalitat Valenciana. El Consell ha informado de que analizará pormenorizadamente el texto completo de la sentencia, manteniendo intacta su voluntad institucional de proteger a los residentes del litoral valenciano y confirmando que agotará todas las vías jurídicas a su alcance para salvar los núcleos urbanos costeros con valor etnológico.

La administración autonómica ha criticado la falta de lealtad institucional por el hecho de que la difusión del fallo mediante la nota informativa se haya trasladado a los medios de comunicación antes que a la propia Generalitat.

Además, en su valoración sobre el contenido de la sentencia, el Ejecutivo regional recalca un aspecto clave: el Tribunal Constitucional no niega la conveniencia ni el valor de tutelar estas edificaciones, sino que señala que dicha prerrogativa no recae en la comunidad autónoma.

Este matiz mantiene abierto el conflicto y redirige la responsabilidad a las Cortes Generales para que aborden la modificación de la Ley de Costas a nivel nacional, una reforma parlamentaria que, según denuncia la administración autonómica, ha contado con respaldo mayoritario en la Cámara Baja pero permanece bloqueada por las fuerzas políticas del Gobierno central. Finalmente, la Generalitat subraya que, al margen del articulado anulado en el dominio público, el cuerpo principal de la norma valenciana continúa plenamente vigente y seguirá desplegando sus efectos en el territorio.