Alicante

Una mujer de 52 años ha sido condenada por la Audiencia de Alicante a un año y diez meses de prisión por haber creado hasta cinco empresas ficticias distintas, supuestamente relacionadas con el sector de la hostelería, con el único fin de lograr devoluciones indebidas en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), ya que dichas sociedades no tuvieron actividad económica real.



El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia de Alicante que juzgó los hechos la considera responsable de un delito de estafa, en concurso con otro continuado de falsificación de documentos públicos, así como de un segundo delito de estafa en grado de tentativa, igualmente en concurso con otro continuado de falsificación.



Esos delitos ocurrieron entre 2012 y 2014. La sentencia considera probado que, durante ese periodo, la acusada se dedicó a crear "sociedades instrumentales" domiciliadas en San Pedro del Pinatar (Murcia), Benidorm, Cartagena (Murcia) y Elche, sin que tuviesen actividad mercantil real, puesto que no existe reflejo de pagos a trabajadores, ni declaraciones de ingresos o pagos a proveedores.



Así, la Audiencia Provincial da por confirmadas las apreciaciones de la Fiscalía y concluye que esas sociedades se constituyeron "con la única y exclusiva finalidad de obtener devoluciones indebidas" del IVA.



Según el tribunal, la procesada procedía a dar de alta las citadas sociedades instrumentales en el último trimestre de cada año para presentar las declaraciones de alta de la actividad y las declaraciones tributarias del IVA del cuarto trimestre, con la finalidad de solicitar la devolución del impuesto, por un importe que oscilaba entre los 11.000 y los 15.000 euros, en cada caso.



En esos trámites, la acusada comunicaba domicilios fiscales falsos, con lo que resultaba imposible que se le pudiese realizar notificaciones para requerir la aportación de documentación justificativa.



La resolución judicial detalla que, una vez que el dinero de las devoluciones del impuesto se depositaba en las cuentas asociadas a las referidas sociedades instrumentales, lo retiraba en efectivo el mismo día en el que se procedía su ingreso o en el día inmediato posterior.

Dinero estafado y acuerdo

Con ese entramado de operaciones llegó a obtener ingresos indebidos por valor de 66.537 euros en concepto de devolución del impuesto.



La procesada asumió la autoría de los hechos durante el inicio de la vista, tras alcanzar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía, en el que se le aplicaba la atenuante de dilaciones indebidas, pues las diligencias judiciales comenzaron en 2019.



De este modo, el tribunal le impone el pago de una indemnización a la Hacienda Pública equivalente al importe defraudado, de 66.573 euros, al margen de la pena privativa de libertad, y de otra pena de pago de multa de 10 meses a razón de 3 euros diarios. Igualmente, la condena al pago de las costas procesales.

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