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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha inadmitido la querella interpuesta por el conseller de Sanidad de la Generalitat Valenciana, Marciano Gómez Gómez, contra la ministra de Ciencia, Innovación y Universidades del Gobierno de España, Diana Morant Ripoll, por delitos de calumnias, y subsidiariamente de injurias graves con publicidad.

En ella se recoge que la ministra realizó unas declaraciones en la Delegación de Gobierno de la Comunitat Valenciana, que fueron publicadas por distintos medios de comunicación, en las que dijo que "mientras se recorta en sanidad se está duplicando la inversión en sanidad privada".

También manifestó que "tenemos un conseller de Sanidad que se está lucrando con la privatización de la sanidad, que aparece siempre detrás de todo lo que tiene que ver con Ribera Salud".

En el auto de inadmisión, facilitado por el TSJCV, la Sala sobresee el caso al no apreciar ningún delito. Fiscalía también había solicitado la inadmisión a trámite de la querella por carecer, los hechos, de carácter delictivo.

El Alto Tribunal señala que, "aunque sería deseable que la vida pública se desarrollara con un lenguaje respetuoso con el adversario, no exento de crítica hacia la labor política desarrollada por el oponente político, su incumplimiento no supone la criminalización de la vida política".

"La libertad de expresión constituye el fundamento básico del orden democrático no solo como manifestación de pensamientos e ideas, si no como expresión crítica de la actuación del oponente político", recoge el escrito.

El Tribunal Supremo reitera, además, que en los debates de la confrontación política, "por más que en algunos casos se empleen términos o expresiones desacertadas, no deben entrar en el terreno del derecho penal".

"El Tribunal Constitucional ha señalado la mayor capacidad de actuación de los dirigentes políticos precisamente para conformar las opciones políticas por las que cada ciudadano debe optar, lo cual permite cierta desmesura en la utilización de frases, expresiones o ideas que descontextualizadas de la lucha política, puede ser tenidas como muy injuriosas o, incluso, calumniosas", añade.

En este contexto, el TS estima que "los límites a la crítica se amplían para permitir llegar el mensaje que permite alojarse en el contenido esencial del derecho fundamental a la libertad de expresión".

La querella

El abogado de Gómez solicitó al juzgado el acto de conciliación, que se celebró el pasado abril pero Morant no acudió. Por eso el conseller de Sanidad siguió adelante con la querella.

En el escrito remarcó que es "responsable de una de las áreas más sensibles del Gobierno autonómico" y está "sujeto a un especial deber de honorabilidad, transparencia y credibilidad pública".

"Cualquier imputación de corrupción, lucro personal o conducta delictiva atribuida a su persona trasciende el plano individual y afecta directamente a la confianza de la ciudadanía en las instituciones públicas", indicó.

Las declaraciones de Morant, señaló, son "falsas" y fueron "difundidas masivamente" en su momento por multitud de medios de comunicación. Las efectuó, indica la querella, "con pleno conocimiento de su falsedad o, cuando menos, con manifiesto desprecio hacia la verdad".

"No existe procedimiento judicial, administrativo ni investigación alguna que atribuya al querellante conducta ilícita alguna relacionada con los hechos insinuados por la querellada. La gravedad institucional de las manifestaciones resulta especialmente intensa al provenir de una Ministra del Gobierno de España y efectuarse con evidente vocación de máxima difusión pública", argumentó.

Así, no enmarca las manifestaciones en "una mera crítica política, valoración ideológica u opinión", sino que "contienen una imputación concreta, directa y personal de hechos objetivamente delictivos" por parte del conseller.

Aquí mencionó "un supuesto lucro personal derivado del ejercicio de su cargo público"; "conductas de corrupción vinculadas a la gestión sanitaria pública"; "relaciones irregulares y espurias con la entidad Ribera Salud"; y "un eventual aprovechamiento ilícito de decisiones públicas en beneficio privado".

"Tales imputaciones afectan gravemente al honor, prestigio personal y reputación institucional" de Marciano Gómez, razona la querella.