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Siempre ha sido bastante común que algún conocido te ofreciera un cachorro recién nacido. No por hacer negocio ni por lucrarse, sino porque su mascota acababa de tener una camada y resultaba difícil hacerse cargo de más animales.

Sin embargo, esta situación ha cambiado con la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que ha endurecido las prohibiciones y sanciones relacionadas con la cría de animales de compañía. Desde su entrada en vigor, para llevar a cabo esta práctica es necesario cumplir una serie de requisitos.

Lo que dice la Ley de Bienestar Animal sobre la cría de animales de compañía

Galicia cuenta con más de 850.000 animales de compañía, según la Estadística de Protección Animal elaborada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. La gran mayoría son perros, que representan el 52,9%, seguidos por los gatos, hurones y aves.

Si eres de las personas que tienen una mascota, ya sea perro, gato u otro, debes saber que no puedes llevar a cabo la cría de tu animal de compañía o, al menos, si no cumples con una serie de requisitos: la cría de animales solo está permitida a aquellas personas inscritas en el Registro de Criadores de Animales de Compañía.

Así lo establece el artículo 27 de la citada ley, que prohíbe: "La cría comercial de cualquier especie de animal de compañía, así como cualquier tipo de cría de animales cuya identificación individual sea obligatoria por la normativa vigente, por criadores no inscritos en el Registro de Criadores de Animales de Compañía".

De esta forma, se trata de evitar los abandonos de animales de crías no deseadas o la comercialización y venta de estos en diferentes portales de internet, entre otras actividades poco o nada éticas.

De la misma forma que se prohíbe la cría de mascotas a particulares no inscritos en el Registro de Criadores de Animales de Compañía, la misma ley establece una serie de obligaciones con el objetivo de impedir la "reproducción incontrolada".

El artículo 26 dice así: "Los titulares o personas que convivan con animales de compañía tienen el deber de protegerlos", y en uno de sus puntos detalla la siguiente obligación: "Adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada de los animales de compañía". En el caso de los gatos, el mismo artículo indica que deben contar con microchip y esterilización quirúrgica antes de los seis meses.

Sanciones previstas por la ley

El incumplimiento de la normativa conlleva sanciones económicas de diferente cuantía en función de si se considera leve, grave o muy grave.

  • Las infracciones leves: apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros
  • Las infracciones graves: multa de 10.001 a 50.000 euros
  • Las infracciones muy graves: multa de 50.001 a 200.000 euros