El juzgado de lo Mercantil 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, ha avalado la salida de siete tiendas gallegas de la franquicia Cash Converters en 2022. La empresa reclamaba el pago de 1,2 millones de euros de indemnización por incumplimiento de contrato y por violar los derechos de propiedad intelectual.
Según explica Europa Press, el pleito tiene su origen en el año 2022, cuando las tiendas abandonaron la franquicia y pusieron en marcha su propio proyecto, Locotoo. Cash Converters denunció que se estaba haciendo competencia desleal, abriendo tiendas aprovechándose del 'know how' de la franquicia, que se estaban beneficiando de su marca y reputación, e incluso imitando su página web.
Las sociedades y personas demandadas alegaron que la salida unilateral de la franquicia estaba justificada por los continuos incumplimientos de Cash Converters, que desde 2018 "dejó de prestar los servicios esenciales característicos de la franquicia": formación continuada, supervisión, apoyo operativo, realización de campañas publicitarias y acceso a bases de datos, entre otros incumplimientos.
En su sentencia, la jueza señala que Cash Converters no acreditó cuál era su 'know how' ni tampoco que hubiera prestado la asistencia técnica y empresarial necesaria para el desarrollo de los negocios de la franquicia. Así, expone que "incumplió obligaciones esenciales que le incumbían", por lo que avala que la resolución de contratos por desistimiento unilateral fue "justificada y conforme a derecho".
Acusación de competencia desleal
La sentencia también rechaza la acusación de competencia desleal y señala que "la imitación de prestaciones e iniciativas empresariales ajenas es libre, salvo que estén amparadas por un derecho de exclusiva reconocido por la Ley", y cuando esa imitación genera confusión o comporta un aprovechamiento indebido de la reputación y el esfuerzo ajeno.
En este caso, señala que si la demandante quiere denunciar la imitación de su 'know how', no puede hacerlo porque no acreditó que se hubiera aportado ese 'saber hacer' a los franquiciados, y añade que la web de Locotoo tiene un diseño, funcionamiento y estructura "completamente diferenciados de la de Cash Converters".
"No se detectan incumplimientos normativos respecto a la Ley de Propiedad Intelectual, la Ley de Secretos Empresariales o la Ley de Competencia Desleal", señala la sentencia, que también recoge que los de Locotoo y Cash Converters eran diferentes modelos de tienda. Desde Locotoo han valorado este fallo como "un respaldo a la decisión de desarrollar un proyecto empresarial propio y a la defensa mantenida durante el procedimiento".
