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Los 11 acusados como presuntos autores de la construcción y venta de 'narcolanchas' desde Vigo y el norte de Portugal han cuestionado la competencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en la ciudad olívica, para juzgarles. También han expresado sus dudas respecto a la validez de las pruebas obtenidas en registros, intervenciones telefónicas y balizamiento de embarcaciones.

Según informa Europa Press, este lunes se ha celebrado una vista para exposición de las cuestiones previas de las partes y todos los abogados defensores han reclamado la suspensión al entender que este tribunal no es competente para juzgar unos hechos que, supuestamente, se produjeron no solo en Vigo.

Han apelado a la cuestión transnacional para reclamar que los hechos sean dirimidos por un tribunal de Portugal donde la construcción de embarcaciones semirrígidas rápidas está regulada y no es delito. Asimismo, han apuntado que, en todo caso, si deben ser juzgados en España, debería ser la Audiencia Nacional la que se ocupara de esta causa.

Por otra parte, también han pedido la nulidad de las actuaciones por considerar que muchas pruebas se obtuvieron de forma irregular, al no estar suficientemente motivados los autos que permitieron los registros de naves, el balizamiento de embarcaciones y otras medidas de vigilancia.

En ese sentido, varios letrados defensores han argumentado que se había llevado a cabo una instrucción judicial basada en una investigación prospectiva, sin indicios racionales de criminalidad en algunos casos. Igualmente, algunos letrados han advertido de que se producía una situación de indefensión porque no habían podido acceder a la totalidad de la documentación obrante en el procedimiento.

Desde Vigo a otros puntos de España

Por su parte, el Fiscal ha defendido que la Audiencia de Pontevedra sí es competente para juzgar estos hechos, cometidos en España, y con epicentro en una nave de Vigo. Según ha recalcado, los acusados actuaron con la finalidad de construir en Vigo y, en ocasiones, terminar en Portugalesas embarcaciones, que entregaron a clientes en España, para que las usaran en las costas españolas.

"La estructura criminal base en Vigo, aunque luego se expanda y se desarrolle en otros puntos de España", ha apuntado el Fiscal, que ha insistido, en que "las embarcaciones solo tenían un uso posible", que era la actividad de narcotráfico. Por ello, ha defendido y justificado los registros, seguimientos y otras intervenciones de la Guardia Civil, que tenía "indicios" claros de la posible actividad delictiva.

La Audiencia ha fijado el próximo 16 de febrero como fecha para iniciar el juicio y para informar de la resolución de estas cuestiones previas. Las sesiones comenzarán con las declaraciones de testigos, ya que el tribunal ha accedido a que los acusados presten declaración al final de todas las intervenciones.

Estructura empresarial, personal y material

La Fiscalía considera que los 11 acusados más una empresa de transportes de O Porriño formaban una estructura "empresarial, personal y material" que, al menos entre septiembre de 2020 y junio de 2022, se dedicaba a construir lanchas semirrígidas de alta velocidad, constitutivas de género prohibido, que iban a ser destinadas a operaciones de narcotráfico.

Así, les atribuye delitos de contrabando de embarcaciones constitutivas de género prohibido, cometidos por medios de personas, entidades y organizaciones. Además, a uno de los encausados lo acusa también de tenencia ilícita de armas y de delito contra la salud pública, ya que en el registro se le intervinieron casi 300 gramos de hachís y una pistola detonadora semiautomática.

En el marco de esta investigación se tuvo conocimiento de la construcción de al menos 19 'narcolanchas', algunas de las cuales se probó que habían participado en alijos de hachís en el sur de la Península. Por estos hechos, la Fiscalía pide para los acusados penas que van desde los 2 a los 9 años de prisión, y el pago de multas que suman en total más de 80 millones de euros.

Además, para la empresa acusada pide multa de 14 millones de euros y dos años de prohibición de obtener ayudas o subvenciones públicas, o para beneficiarse de incentivos fiscales; así como un año y tres meses de suspensión de las actividades de importación, exportación o comercio de embarcaciones neumáticas y semirrígidas.