Una joven menor del área de Vigo ha logrado que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) le reconozca el derecho a percibir la pensión de orfandad desde 10 meses antes de lo fijado por la Dirección de Ordenación de la Seguridad Social. El TSJM ha estimado así parcialmente el recurso presentado por la menor.
Según informa Europa Press, la Seguridad Social estableció para la chica una pensión de orfandad del 25% de la base reguladora de su madre —fallecida el 1 de febrero de 2021—, con efectos desde el 1 de noviembre de ese año. Es decir, la joven percibía una pensión de 607,68 euros al mes.
El representante jurídico de la chica presentó un recurso, en el que reclamaba que se doblara la pensión, fijándola en el 50% de la base reguladora, alegando que la solicitante había quedado en situación de orfandad absoluta. La menor había sido concebida 'in vitro' y su madre no tenía pareja.
Igualmente, reclamaba que la pensión se fijara con efectos a 1 de febrero de 2021, fecha del fallecimiento de su madre.
El Tribunal ha desestimado la primera pretensión de la recurrente, pero sí ha declarado el derecho a percibir la pensión desde el momento de la muerte de su progenitora. Por lo tanto, la Seguridad Social tendrá que abonar los 10 meses anteriores a empezar a percibir la pensión.
