La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado a 9 y 11 años y medio de cárcel, respectivamente, a dos hombres por violar y grabar a una joven en un piso ubicado en Travesía de Vigo.
En concreto, el tribunal le ha impuesto a uno de ellos once años y medio de cárcel, al considerarlo autor de un delito de descubrimiento y revelación de secretos por haber grabado los hechos. En su caso, el tribunal ha tenido en cuenta la atenuante simple de reparación parcial del daño por consignar 7.500 euros. Al otro procesado, le ha impuesto nueve años de prisión. Además, ambos deberán pagar una indemnización conjunta a la víctima de 17.000 euros.
Asimismo, se les ha impuesto a los dos la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 200 metros y de comunicarse con ella durante 18 años, libertad vigilada durante 5 años y la inhabilitación especial para cualquier oficio, profesión o actividad que conlleve contacto con menores por un tiempo de 14 años.
Por su parte, un tercer acusado por la acusación particular como supuesto responsable de un delito de omisión de socorro fue absuelto, tratándose del dueño de la casa en la que ocurrió la violación.
Hechos
Según recoge el escrito de la Fiscalía, la víctima, de 18 años, denunció los hechos la noche del 4 de septiembre de 2022, día en el que salió con unas amigas por la zona del Arenal de Vigo. Primero al bar Aura, donde conoció a los acusados, y después al bar Rouge. Una vez que este cerró, continuaron de fiesta en el domicilio de un amigo de los acusados, aunque este no habría ido con ellos.
La víctima y uno de los acusados mantuvieron relaciones sexuales consentidas en una de las habitaciones del citado domicilio. Tras una discusión entre una amiga y el otro acusado, esta y su otra amiga, junto a su novio, se marcharon, quedando en el domicilio los dos acusados y la víctima.
En este contexto, el otro acusado con el que la víctima no había mantenido relaciones, entró en la habitación donde estaban teniendo sexo la víctima y el otro hombre y, "aprovechando la presencia del coacusado y prevaliéndose de la situación ambiental así creada", se bajó los pantalones y le dijo a la víctima que le hiciera una felación, a lo que ella se negó diciéndole que el acusado le gustaba a su amiga, contestando él que su amiga no se iba a enterar de lo que hicieran los tres.
Tras esta negativa, el acusado la cogió por el pelo y le metió su pene en la boca, para después penetrarla vaginal o analmente. La víctima les pidió que parasen, pero los dos acusados no lo hicieron, según recoge Fiscalía.
A continuación, uno de los acusados se puso un preservativo y la penetró vaginalmente grabando este hecho con su teléfono móvil sin el consentimiento de la víctima. En el móvil se encontró un archivo que contiene el video de contenido sexual de 14 segundos de duración que grabó el propio acusado durante los hechos descritos.
"Les pidió que parasen, pero no lo hicieron"
Según señala el tribunal, el procesado entró en la habitación y, tanto él como su amigo, que ya estaba en el interior, agredieron sexualmente a la víctima. Los magistrados subrayan que la joven "les pidió que parasen, pero no lo hicieron". Además, añaden que uno de ellos grabó la violación con su teléfono móvil.
Entre las explicaciones de por qué consideran que los hechos ocurrieron de ese modo, la Sala destaca que fue "tras la oportuna valoración en conciencia de la prueba practicada en el seno del juicio oral, fundamentalmente la de la víctima objeto de la agresión sexual y la que se grabó con el móvil".
Además, también ha tenido en cuenta las declaraciones de los agentes que acudieron al lugar de los hechos alertados por la joven. El tribunal indica que un "elemento corroborado muy importante" del testimonio de la afectada es la huella psíquica que le dejó la agresión sexual, puesta de relieve por tres peritos. "No se aprecian modificaciones esenciales, ni contradicciones relevantes en las sucesivas declaraciones prestadas por la víctima, ya que siempre ha expuesto la misma versión sobre cómo sucedieron los hechos", recalcan los jueces.
Sin embargo, la sentencia no es firme, ya que contra ella cabe presentar recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).