El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso de apelación del hombre condenado a tres años y medio de prisión por estafar más de 96.000 euros a una mujer de 75 años. El Alto Tribunal ha confirmado dicha condena.
El acusado fue condenado por la sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra a 3 años y medio de cárcel, así como a 4 años de inhabilitación para ejercer la profesión de comercial de ventas, al pago de una multa de 1.620 euros y a devolver a la mujer los 96.056 euros estafados más intereses.
Como informa Europa Press, su defensa presentó recurso de apelación, pero ahora el alto tribunal gallego ha resuelto desestimarlo. El TSXG ha alegado que hubo prueba de cargo suficiente, correctamente valorada por la Audiencia.
Así, al igual que el tribunal provincial, el TSXG considera probado que el acusado conocía a la mujer porque había sido su clienta y le había vendido libros de una conocida editorial. En marzo de 2020 se hizo con las tarjetas bancarias de la señora y con sus datos de banca electrónica.
A partir de ese momento, realizó diversas transferencias de dinero a sus propias cuentas o a cuentas de personas que él conocía (compañeros de trabajo y otros clientes), además de retiradas en efectivo y cargos en páginas de apuestas, entre otros gastos.
Asimismo, convenció a la mujer de vender una colección de libros (que él mismo le había vendido a ella en su día) valorada en 3.960 euros, y le hizo creer que viajaba por toda España negociando con personas interesadas en la compra. Con esa excusa, la engañó para que le hiciera transferencias de dinero con el fin de perfeccionar los contratos que supuestamente negociaba.
Durante el juicio, el acusado reconoció esas transferencias de dinero, pero alegó que las había hecho personalmente la anciana, o bien él, pero con el consentimiento de la mujer.
Abuso de la vulnerabilidad y soledad de la anciana
El TSXG ha rechazado sus explicaciones y ha recordado que "no hay causa jurídica ni motivo racional" para la "conducta dispendiosa" de la mujer, que "llega a causar su propio empobrecimiento en favor del acusado". Expone que el uso continuado de las tarjetas y las transferencias solo puede explicarse "desde el abuso de las vulnerabilidades propios de la edad avanzada y la soledad acentuada por la pandemia".
