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El número de viviendas de uso turístico vinculadas a plataformas como Airbnb ha experimentado un notable crecimiento en los últimos años.

Según el Observatorio da Vivenda en Galicia, de acuerdo con los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) en febrero, Galicia cuenta con más de 15.000 viviendas de uso turístico.

Si quieres tener una vivienda en Airbnb, primero debes saber esto

La cifra puede parecer elevada, pero lo cierto es que se ha reducido un 22,6% en el último año. Además, para destinar una vivienda al alquiler turístico, es necesario cumplir una serie de requisitos.

El primero es presentar una declaración responsable ante Turismo de Galicia, un trámite al que se suma otro requisito: contar con el voto favorable de las tres quintas partes del total de propietarios de la comunidad.

Así lo recuerda el abogado gallego Miguel de Xan, más conocido en redes sociales como @avogadoconv, en uno de sus vídeos.

"Votos mínimos que necesitas para aprobar cosas en tu comunidad de vecinos: en tu piso de Airbnb necesitarás, como mínimo, 3/5 de los votos donde estén representados a la vez 3/5 de las cuotas de la propiedad".

El experto hace referencia a la medida recogida en el artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, que establece lo siguiente:

"El acuerdo expreso por el que se apruebe, limite, condicione o prohíba el ejercicio de viviendas turísticas requerirá el voto favorable de las tres quinta partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de la cuota de participación".

Asimismo, "esta misma mayoría se requerirá para el acuerdo por el que se establezcan cuotas especiales de gastos o un incremento en la participación de los gastos comunes de la vivienda donde se realice dicha actividad, siempre que estas modificaciones no supongan un incremento superior al 20%".

Así pues, desde la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que entró en vigor el 3 de abril de 2025, una comunidad de vecinos puede prohibir o limitar la actividad de alquiler turístico en el edificio.

Para ello, es necesario contar con el voto favorable de 3/5 de los propietarios que representen 3/5 de las cuotas de participación de la comunidad.

Pero, ojo, "los acuerdos de la comunidad no tienen efecto retroactivo sobre las actividades que ya se venían ejerciendo legalmente antes del acuerdo. Es decir, un veto posterior no debería, por sí mismo, cerrar una vivienda que ya operaba con su licencia en regla", explica Eiko Area.

La empresa especializada en la gestión integral de alquileres vacacionales recomienda revisar primero los estatutos de la comunidad y comprobar la normativa municipal y autonómica antes de invertir el dinero.