En los últimos meses circuló un bulo en diversas redes sociales y páginas de Internet que afirmaba que, a partir de enero de 2026, los particulares tendrían que declarar todos los pagos realizados a través de Bizum. La difusión de esta información generó gran alarma e indignación, lo que llevó a Hacienda a emitir un comunicado desmintiendo la noticia.
La Agencia Tributaria aclaró que se trata de información incorrecta y que la nueva normativa solo afecta a "los cobros recibidos por empresarios y profesionales establecidos en España", y que "quedan así excluidos los cobros entre particulares".
¿Tienes que declarar tus pagos hechos por Bizum?
En las últimas semanas, múltiples publicaciones en redes sociales e Internet difundieron información que generó alarma entre la población: aseguraban que, a partir de enero de 2026, todos los pagos realizados a través de Bizum tendrían que ser declarados ante Hacienda.
La noticia circuló con gran intensidad, incluyendo ejemplos falsos. Ante esta confusión, El Ministerio de Hacienda se vio obligado a emitir una nota aclaratoria en la que califica la información difundida como "incorrecta".
La institución insiste en que la nueva normativa no afecta a los ciudadanos particulares y que no existe ninguna obligación de declarar los pagos realizados entre amigos o familiares mediante Bizum.
Hacienda explica que la obligación de declarar ciertos pagos recae únicamente sobre bancos y plataformas de pago. Lo dicen claramente: "A partir de febrero de 2026, las entidades financieras informarán mensualmente a la Agencia Tributaria de la facturación acumulada en cada mes y realizada a través de Bizum por empresarios y profesionales".
Los particulares, por su parte, no tienen ninguna responsabilidad de este tipo, siempre que los cobros no estén vinculados a una actividad económica.
El Ministerio de Hacienda aclara que la medida, aprobada en abril de 2025, está dirigida exclusivamente a empresarios y profesionales establecidos en España. Esta es la información que debe suministrarse:
- La identificación completa de los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de Bizum o sistemas equivalentes
- Número de comercio con el que operan
- Terminales de venta
- Importe mensual facturado con Bizum
- Identificación de las cuentas bancarias o de pago a través de las que se efectúen los cobros por parte de los empresarios y profesionales
Así, es falso que a partir de 2026 haya que declarar los bizums entre particulares. El artículo 38 bis del Real Decreto 253/ 2025 establece la "obligación de informar acerca de los cobros efectuados mediante cualquier tipo de tarjetas y mediante pagos asociados a números de teléfono móvil" sobre las entidades bancarias o de crédito y a las entidades de dinero electrónico.
De esta forma, todos los pagos entre particulares sin actividad económica, como compartir gastos de una comida, regalos o viajes, quedan completamente excluidos de esta obligación. Con esta aclaración, Hacienda busca tranquilizar a la ciudadanía y poner fin a la confusión generada a través de Internet.
La opinión de un abogado gallego
Hace unos meses, Andrés Millán, abogado gallego, afirmaba que "Hacienda está cada vez más pendiente de los Bizums entre familiares". Esta afirmación la indica debido a que "se están reduciendo los límites para que salten las alarmas y sean avisados".
Según informa el letrado gallego, "si mandas mucho dinero, casi siempre será considerado por Hacienda como una donación o un préstamo". Y añade: "El donante (tu padre, tu abuela...) tributará en IRPF si la donación genera plusvalía y el receptor deberá liquidar el impuesto sobre sucesiones y donaciones", explica Andrés.
No obstante, en este caso hace referencia a donaciones de grandes cantidades de dinero, no a simples Bizums entre amigos y familiares.
