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Las claves

Verano es sinónimo de vacaciones, escapadas y maletas. Y, como cada año, miles de españoles ven una oportunidad perfecta para obtener un ingreso extra alquilando su vivienda a turistas.

Sin embargo, esta normativa ha cambiado las reglas del juego y desde 2025, no basta con tener una vivienda disponible, sino que también es necesario contar con la aprobación de la comunidad de vecinos.

La medida se fragua en un momento en el que los pisos turísticos siguen generando gran debate.

Mientras algunos propietarios ven una oportunidad de rentabilizar sus inmuebles, otros vecinos se quejan de las molestias que puede provocar la continua entrada y salida de visitantes.

El ruido, la pérdida de tranquilidad o el uso intensivo de las zonas comunes son algunos de los motivos que han llevado a reforzar la regulación.

Por este motivo, la normativa actual exige que quienes quieran comenzar una actividad de alquiler turístico obtengan primero el respaldo de la comunidad.

Para lograrlo, será necesario contar con el apoyo de al menos tres quintas partes de los propietarios, una mayoría suficiente para tomar una decisión sin necesidad de que exista unanimidad.

Eso sí, la norma no afecta a todos por igual. Los propietarios que ya desarrollaban esta actividad de forma legal antes de la entrada en vigor de la reforma podrán seguir alquilando sus viviendas con normalidad.

La nueva regulación está pensada principalmente para las futuras incorporaciones al mercado turístico.

Pero no todo es blanco o negro. Las comunidades que no deseen prohibir por completo los alquileres vacacionales también tienen la posibilidad de aplicar medidas intermedias.

Una de ellas es aumentar la cuota de comunidad de estas viviendas para compensar el desgaste que puedan generar. Este recargo puede alcanzar hasta un 20 %.

De esta forma, se busca compensar los gastos adicionales que pueden generar, como una mayor limpieza, mantenimiento o uso de determinadas instalaciones.

En este sentido, los huéspedes de una vivienda turística autorizada podrán utilizar todos los espacios de la comunidad, además de su vivienda, como es el caso de la piscina, el jardín o las áreas recreativas, en las mismas condiciones que cualquier otro vecino.