Una persona puede haber estado trabajando durante muchos años pero, cuando le quedan pocos años para jubilarse, puede quedarse desempleado. Entonces, le surgen muchas dudas sobre qué va a pasar con su pensión.
Para resolverlas, el asesor laboral y fiscal Sergio Sánchez ha publicado en YouTube un vídeo en el que detalla cuáles son las cinco estrategias, todas ellas legales, que tienen los ciudadanos españoles para seguir cotizando a la Seguridad Social pese a no estar empleados de manera activa.
A continuación, te detallamos cuáles son estas alternativas cuya finalidad no es otra que asegurar que las personas en estas circunstancias no pierdan sus derechos de pensión durante periodos de inactividad laboral.
Cinco supuestos
“La primera sería que tú te pagues la cotización a la Seguridad Social. Es decir, tú dices que estás cotizando por una cantidad y, a eso, le corresponde una cuota mensual”, comienza su disertación Sergio Sánchez.
La segunda sería “solicitar el subsidio para mayores de 52 años. Tú pides una ayuda, cobras 480 euros, pero estás cotizando por una cantidad bastante superior: 1.653 euros”.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar este subsidio? Para empezar, tener cumplidos esos 52 años, o más, en el momento de solicitarlo. Asimismo, haber cotizado al menos 15 años a lo largo de la vida laboral.
Eso sí, de esos 15 años, dos de ellos deben estar dentro de los últimos 15 años previos a la solicitud. Y se tienen que tener, como mínimo, seis años cotizados por desempleo.
Otro punto es que se debe haber agotado el paro o un subsidio, o haber cumplido con los requisitos para haber accedido al mismo.
Por último, la persona interesada debe carecer de rentas o ingresos propios superiores al 75% del SMI (Salario Mínimo Interprofesional). Es decir, 915,75 euros mensuales.
La tercera alternativa “sería una mezcla de estas dos”. La cuarta, sería “solicitar un convenio especial para cuidadores no profesionales en situación de dependencia. Esto lo paga el estado”.
Y añade: “Si tú tienes un familiar que tiene una situación de dependencia necesita a alguien. Tú estarías cobrando una cantidad y aparte estás cotizando por otra cantidad”.
Y la quinta, y última, “sería un convenio especial para trabajadores mayores de 55 años que su empresa haya optado por un despido colectivo y estén incluidos en un expediente de regulación de empleo".
