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Las claves

Pocos saben que el descanso no es solo un derecho de todo el mundo sino también algo blindado por la ley. Así, la legislación ha hecho que actos tan cotidianos como poner una lavadora o caminar en tacones puedan suponer una sanción económica importante para el vecino.

La Ley del Ruido 27/2003 y la Ley de Propiedad Horizontal establece que los ayuntamientos de toda España deben velar por el civismo y la contaminación acústica.

Así, lo que antes se resolvía con una simple llamada de atención entre plantas o un aviso policial, hoy en día se traduce en expedientes sancionadores inmediatos y multas que pueden alcanzar los 3.000 euros si se superan los límites de decibelios permitidos durante las horas de sueño.

¿En qué consiste?

El artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal regula el procedimiento legal para frenar conductas molestas o prohibidas en una comunidad de vecinos.

Así, permite al presidente de la comunidad exigir el cese inmediato de actividades dañosas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas, lo que incluso podría terminar en acciones judiciales.

Por su parte, la Ley del Ruido estatal es la que permite prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica, estableciendo los límites de decibelios a determinadas horas y las directrices que los ayuntamientos deben aplicar

Esta última ley establece que en áreas residenciales de ciudades como Madrid, en el periodo diurno de 7:00 a 23:00 horas el límite de decibelios se sitúa en 65 dB (A); en el periodo nocturno de 23:00 a 7:00 horas, el nivel baja a 55 dB (A), siendo estas las horas de máximo descanso.

En el caso de que se superen los límites de ruido establecidos, puede conllevar multas que llegan hasta los 3.000 euros para infracciones graves y que superen los 25 o 30 decibelios en horario nocturno.

Sin embargo, esto depende de la ciudad. En el caso de Madrid la multa máxima es de 1.500 euros, en Barcelona los mencionados 3.000 euros y en Valencia las multas parten desde los 600 euros.

Aunque parezca lejano, lo cierto es que hay varios ejemplos de cosas que hacen ruido y pueden acarrear una multa. La lavadora, la secadora, aires acondicionados, llanto, ladridos e, incluso, caminar en tacones constantemente en horas de descanso.

Caminar en tacones puede generar un ruido de impacto que suele rondar los 50 y 65 decibelios en la habitación donde se camina. No obstante, este sonido puede amplificarse hasta 70 decibelios al transmitirse por la estructura del edificio hacia otras plantas.

Teniendo estos niveles en cuenta, si una persona camina en tacones en el periodo nocturno supera el límite establecido con lo cual un vecino podría perfectamente denunciarlo.

Esto no siempre ha sido así, la entrada en vigor de nuevas normativas a nivel autonómico y municipal ha terminado por blindar el silencio en las viviendas particulares.

Lo que antes solía terminar en un simple aviso policial o una queja vecinal, ahora se tramita de forma directa como un expediente sancionador gracias a los sonómetros oficiales de la Policía Local.

Es importante acotar que cada municipio tiene sus propias ordenanzas sobre el ruido con multas y horarios diferentes. Por ello, es importante informarse al respecto para evitar ser sancionado.