La frase es muy habitual entre los trabajadores y las empresas: “Si el trabajador no pide sus vacaciones antes de que acabe el año, las pierde".
De ahí que, antes de que concluya el año, muchos empleados aprovechen las Navidades para dejar su ‘marcador a cero’ en lo que a vacaciones se refiere.
Sin embargo, el abogado Ignacio Castañeda, que además es coordinador de los servicios jurídicos de UGT Gran Canaria, es rotundo en la red social LinkedIn: “Las vacaciones no prescriben”.
Lo que dice la justicia
Para corroborar sus palabras, el abogado echa mano de algunas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
En concreto, hace mención a los asuntos C-619/16 SKreuziger c. Land Berlín y C-684/16 Max-Planck-Gesellschaft c. Schimizu.
En las mismas, el TJUE determina que “un trabajador no puede perder automáticamente sus derechos a vacaciones anuales retribuidas por no haberlas solicitado, salvo que el empresario pruebe que sí se lo permitió”.
En concreto, y tal y como explica Ignacio Castañeda, la jurisprudencia europea lo que dice es que “la carga de la prueba es de la empresa”.
Por lo tanto, no basta con que diga ‘es que nunca me pidió los días’. “El empresario debe demostrar de manera activa, concreta y transparente que actuó con la diligencia debida”, subraya el abogado.
Además, también tiene el deber de incentivar. “La empresa tiene la obligación legal de incitar formalmente al trabajador a tomar sus días de descanso e informarle con precisión y a tiempo de que, si no lo hace, esos días caducarán”, subraya.
Y también el TJUE hace referencia a lo que califica como excepción. “El derecho, o la compensación económica si se extingue el contrato, solo se perderá si la empresa demuestra que ofreció todas las facilidades y que el empleado, con pleno conocimiento de las consecuencias, se abstuvo deliberadamente de disfrutarlas”, remarca Castañeda.
De ahí que concluya indicando que el mensaje del TJUE es claro tanto para el sector público como para el privado. “La pasividad empresarial se paga. Las vacaciones no son solo un derecho, son una medida de seguridad y salud en el trabajo que el empleador debe garantizar activamente”, concluye Ignacio Castañeda.
